DECRETO LEGISLATIVO, Nº 1294, PODER EJECUTIVO, DECRETOS LEGISLATIVOS - Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 28238 - Ley General del Voluntariado y optimiza el procedimiento de inscripción-DECRETO LEGISLATIVO- Nº 1294

Fecha de disposición30 Diciembre 2016
Fecha de publicación30 Diciembre 2016

DECRETO LEGISLATIVO

Nº 1294

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Que, mediante Ley Nº 30506, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de Petroperú S.A. por el término de noventa (90) días calendario;

Que, en ese sentido, el literal h) del numeral 1 del artículo 2 del citado dispositivo legal, establece la facultad de dictar medidas para la optimización de procedimientos y servicios en las entidades públicas del Estado, coadyuvando al fortalecimiento institucional y la calidad en el servicio al ciudadano;

Que, actualmente el Sistema Nacional de Voluntariado requiere fortalecer aún más el rol promotor del Estado en relación al voluntariado, y lograr congregar más voluntarias/os; por lo que, teniendo en cuenta que el actual registro sólo permite la inscripción en el Registro de Voluntarios a las personas naturales y organizaciones de voluntariado, dejando de lado aquellas entidades públicas y privadas que promocionan y realizan servicios de voluntariado complementariamente a su actividad principal; así como, tampoco exigen protocolos ligados a la seguridad tanto para la atención de la población beneficiaria como de la integridad del/a voluntario/a;

Que, en ese contexto, resulta necesario modificar algunas definiciones de la Ley Nº 28238, Ley General del Voluntariado, a efectos de incorporar en el Registro de Voluntariado a las personas jurídicas que realizan labores sociales; para articular de una manera eficiente y eficaz a todos los actores del Sistema de Voluntariado, así como, los servicios sociales que estos brindan en beneficio de las poblaciones vulnerables, en forma altruista y solidaria.

Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del numeral 1 del artículo 2 de la Ley Nº 30506 y al artículo 104 de la Constitución Políticas del Perú.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y

Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

DECRETO LEGISLATIVO

QUE MODIFICA LA LEY Nº 28238

- LEY GENERAL DEL VOLUNTARIADO Y OPTIMIZA EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN

Artículo 1 Del objeto

El presente Decreto Legislativo tiene por objeto optimizar el procedimiento de inscripción en el Registro de Voluntariado, y fortalecer el Sistema Nacional de Voluntariado, a fin de articular de una manera eficaz y eficiente los servicios sociales que...

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