ORDENANZA, Nº 172-2016-MDP/C, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC - Ordenanza que regula los procedimientos de Licencia de Funcionamiento para establecimientos y Autorizaciones Conexas-ORDENANZA-Nº 172-2016-MDP/C

Fecha de disposición19 Diciembre 2016
Fecha de publicación27 Diciembre 2016
MateriaDerecho del Medio Ambiente
SecciónSección Única

Pachacámac, 19 de diciembre del 2016

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE PACHACAMAC,

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Diciembre del 2016, Informe Nº 1426-2016-MDP/GTDE-SGCAPE de fecha 15 de Noviembre del 2016, Informe Nº 072-2016-MDP/GTDE de fecha 03 de Noviembre del 2016 e Informe Nº 379-2016-MDP/GAJ de fecha 06 de Diciembre del 2016, emitido por la Sub Gerencia de Comercialización, Anuncios y Promoción Empresarial, la Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico y la Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, sobre “ Ordenanza que regula los procedimientos de Licencia de funcionamiento para establecimientos y autorizaciones conexas en el distrito de Pachacámac”, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el artículo 11 del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, de acuerdo al artículo 79° numerales 3.6.3 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, tienen como función específica y exclusiva normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política.

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.

Que, el artículo 83º de la Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, establece en el numeral 6.3 que las municipalidades distritales otorgan licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales.

Que, mediante Ordenanza N° 001-2015-MDP/C que aprueba la modificación de la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, establece en su artículo 95º que la Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico está encargada de evaluar y otorgar Licencias de Funcionamiento, autorizaciones de anuncios, publicidad y funcionamiento en la vía conforme a la normatividad vigente, sin obviar las normas técnicas de seguridad y las demás normas correspondientes.

Que, la Ley Nº 28976 – “Ley Marco de Licencia de Funcionamiento”, publicada en el Diario Oficial el Peruano de fecha 05 de Febrero del 2007, establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento emitida por las municipalidades, estableciendo dicha norma entre otros aspectos los procedimientos para su otorgamiento, la determinación de su vigencia, y la facultad fiscalizadora de las municipalidades.

Que, mediante Ordenanza Nº 019-2007-MDP/C, Ordenanza Nº 064-2009-MDP/C y Ordenanza Nº 132-2014-MDP/C publicadas en el Diario Oficial el Peruano, regulan el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento en el Distrito de Pachacámac.

Que, el Decreto Legislativo Nº 1200 publicado el 23 de Setiembre del 2015, modifica los artículos 2, 3, 6,7, 8, 9, 11, 13 y 15 de la Ley Nº 28976Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los artículos 12 y 14 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Asimismo el mencionado decreto, establece en su única disposición complementaria derogatoria: derogase a partir de la entrada en vigencia del presente dispositivo el numeral 14.9 del artículo 14 de la Ley Nº 29664.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM, publicada en el Diario Oficial el Peruano el día 14 de Setiembre del 2014, se aprobó el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones derogando el Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM.

Que, mediante Ley N° 30230 - Ley que Establece Medidas Tributarias, Simplificación de Procedimientos y Permisos para la Promoción y Dinamización de la Inversión en el País, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 12 de julio del 2014, se modificaron los Artículos 2,7,9, 7 la Quinta Disposición Final Transitoria y Complementaria de la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y, además, se incorporaron los numerales 14.7, 14.8 y 14.9 al Artículo 14 de la Ley N° 29664, Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD).

Que, mediante Informe Nº 1426-2016-MDP/GTDE-SGCAPE de fecha 15 de Noviembre del 2016, la Sub Gerencia de Comercialización, Anuncios y Promoción Empresarial, emite opinión favorable respecto a la aprobación del proyecto de Ordenanza que regula los procedimientos de licencia de funcionamiento para establecimientos y autorizaciones conexas en el Distrito de Pachacámac. Asimismo mediante Informe Nº 072-2016-MDP/GTDE de fecha 03 de Noviembre del 2016, la Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico señala que es prioritario contar con una ordenanza que regule los procedimientos de Licencias de Funcionamiento para establecimientos y autorizaciones conexas en el Distrito de Pachacámac, por lo que es necesario elevar los actuados al Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente, previa opinión de las unidades orgánicas con competencia en la materia.

Que, mediante Informe Nº 379-2016-MDP/GAJ de fecha 06 de Diciembre del 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente por la aprobación de la “Ordenanza que regula los procedimientos de Licencia de Funcionamiento para establecimientos y autorizaciones conexas en el Distrito de Pachacámac, debiendo someterse el proyecto de ordenanza a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su debate y/o aprobación, conforme lo establece el numeral 8 del artículo en concordancia con el artículo 40º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, siendo necesario actualizar la normatividad vigente en el Distrito de Pachacámac, en lo referente al otorgamiento de Licencia de Funcionamiento a fin de generar un clima de negocio favorable que propicie el crecimiento sostenible de la economía local, por lo que se debe adecuar a los cambios producidos desde el Gobierno Central, y de esta forma evitar la imposición de barreras burocráticas ilegales y/o carente de...

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