RESOLUCION, Nº 042-2016-SMV/01, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Modifican la Norma sobre Contribuciones por los Servicios de Supervisión que presta la Superintendencia del Mercado de Valores-RESOLUCION-Nº 042-2016-SMV/01

EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2016

Lima, 16 de diciembre de 2016

VISTOS:

El Expediente N° 2016045340 y el Memorándum Conjunto N° 3787-2016-SMV/06/12 del 6 de diciembre de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) tiene por finalidad velar, entre otros, por la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión y la correcta formación de precios a través de la regulación, supervisión y promoción;

Que, conforme al inciso b) del artículo 5 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobada mediante Decreto Ley N° 26126, es atribución del Directorio de la SMV aprobar la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquellas a que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a la supervisión de esta Superintendencia;

Que, adicionalmente, de conformidad con el inciso f) del mencionado artículo 5, el Directorio de la SMV está facultado para establecer los derechos y contribuciones para el sostenimiento de la SMV, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley Orgánica de la SMV, así como la forma, lugar y plazo para el cumplimiento de dichas obligaciones;

Que, mediante Resoluciones SMV Nros. 012-2013-SMV/01, 031-2015-SMV/01 y 036-2015-SMV/01 del 10 de mayo de 2013, 3 de noviembre de 2015 y 17 de diciembre de 2015, respectivamente, se redujo temporalmente la tasa de contribución mensual a cero por ciento (0.00%) aplicable a: (i) comitentes, en el caso de operaciones al contado con valores representativos de deuda o crédito emitidos por el Gobierno Central; (ii) operaciones de préstamos bursátiles de valores y (iii) operaciones al contado por cuenta propia que realicen los agentes de intermediación con valores de renta variable;

Que, con el propósito de continuar generando incentivos para la incorporación de inversionistas minoritarios en la...

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