ORDENANZA, Nº 2010, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Aprueban ajuste de la Sección Vial Normativa de la Av. San Juan de Dios - distrito de Puente Piedra-ORDENANZA-Nº 2010

EmisorMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2016
606462 NORMAS LEGALES Jueves 15 de diciembre de 2016 /
El Peruano
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que aprueba la reducción del
monto del derecho del servicio exclusivo
Carné de Salud para su modalidad Atención
Externa
ORDENANZA Nº 2009
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
9 de diciembre de 2016, el Dictamen N°203-2016-
MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos
Económicos y Organización;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 3) y 8)
del artículo 9º, artículo 40º y numeral 10) del artículo 157º
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA LA REDUCCIÓN DEL MONTO DEL
DERECHO DEL SERVICIO EXCLUSIVO CARNÉ DE
SALUD PARA SU MODALIDAD ATENCIÓN EXTERNA
Artículo Primero.- Modicar el monto del derecho
del servicio exclusivo Carné de Salud para su modalidad
Atención Externa de S/ 32.20 a S/ 24.80, en el rubro
Subgerencia de Sanidad y Promoción de la Salud, a cargo
de la Gerencia de Desarrollo Social, el cual está registrado
en el TUPA vigente de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 1874 y sus
modicatorias, tal y como se muestra en el Anexo adjunto
a la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza, entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación
en el Diario Ocial “El Peruano”, y sus anexos serán
publicados en el Portal de la Municipalidad Metropolitana
de Lima (www.munlima.gob.pe), en el caso del TUPA, en
el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE
(www.serviciosalciudadano.gob.pe)
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, 9 de diciembre de 2016
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1463288-1
Aprueban ajuste de la Sección Vial
Normativa de la Av. San Juan de Dios -
distrito de Puente Piedra
ORDENANZA N° 2010
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 9
de diciembre de 2016, el Dictamen Nº 89-2016-MML-
CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL AJUSTE DE LA SECCIÓN VIAL
NORMATIVA DE LA AV. SAN JUAN DE DIOS -
DISTRITO DE PUENTE PIEDRA
Artículo Primero.- Aprobar la propuesta de Ajuste de
la Sección Vial Normativa de la Av. San Juan de Dios -
distrito de Puente Piedra, según las Láminas Nos. 01 y 02
que, como Anexos, forman parte integrante de la presente
Ordenanza, las cuales deberán ser publicadas en el portal
electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima
(www.munlima.gob.pe).
Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de
Planicación de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
efectuará las modicaciones necesarias del Plano del
Sistema Vial Metropolitano y de las secciones Viales
Normativas, de acuerdo a la modicación aprobada en el
Artículo Primero de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- En aplicación de lo dispuesto por la
Ordenanza N° 1894-MML, las entidades competentes de
la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad
Distrital de Puente Piedra, efectuarán el control urbano
necesario para cautelar el derecho de Vía establecido por
las secciones viales normativas aprobadas, denegando
cualquier solicitud que se efectúe sobre las áreas
reservadas.
POR TANTO
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
Lima, 9 de diciembre de 2016
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1463289-1
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Aprueban el “Plan de Educación
Comunitaria de La Victoria 2016 - 2017”
ACUERDO DE CONCEJO
N° 059-2016/MLV
La Victoria, 30 de noviembre de 2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA
VICTORIA
VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Dictamen Conjunto Nº 004-2016-CDU-CPPAL/MDLV
de fecha 28 de Noviembre de 2016 de las Comisiones
de Desarrollo Urbano, y de Planeamiento, Presupuesto y
Asuntos Legales; y,
CONSIDERANDO:
y sus modicatorias, preceptúa que las Municipalidades
son gobiernos locales con autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley Nº 29664 crea el Sistema Nacional de
Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, como
sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado,
transversal y participativo con la nalidad de identicar y
reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus
efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos,
y preparación y atención ante situaciones de desastres
mediante el establecimiento de principios, lineamientos
de política, componente, procesos e instrumentos de la
Gestión de Riesgo de Desastres;
Que, el Reglamento de la Ley del SINAGERD,

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