ORDENANZA, Nº 599-2016-A-MPI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO - Ordenanza que protege la salud humana y controla la proliferación de palomas urbanas por razones de salud pública en la provincia de Ilo-ORDENANZA-Nº 599-2016-A-MPI

Fecha de disposición15 Diciembre 2016
Fecha de publicación15 Diciembre 2016
SecciónSección Única

IIo, 11 de noviembre de 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE ILO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 31 de octubre de 2016; y, CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607, establece que las
municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, el artículo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es competencia de los Gobiernos Locales el saneamiento, salubridad y salud, así como la coordinación de campañas de sanidad ambiental como control de epidemias y sanidad animal.

Que, el artículo 6º del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-98-SA, señala que la vigilancia sanitaria de los establecimientos de comercialización, elaboración y expendio de alimentos y bebidas está a cargo de las municipalidades; asimismo el artículo 57º del presente Decreto Supremo señala que dichos establecimientos deben adoptar las medidas que impidan el ingreso al establecimiento de animales domésticos y silvestres.

Que, el artículo 95º de la Ley General de Salud, Ley Nº 26842, señala que la fabricación, elaboración, fraccionamiento, almacenamiento y expendio de alimentos y bebidas...

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