DECRETO DE ALCALDIA, Nº 009-2016-MSB-A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA - Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 009-2016-MSB-A

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2016

San Borja, 30 de setiembre de 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN BORJA

VISTOS, el Informe N° 124-2016-MSB-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica de fecha 30 de setiembre de 2016; el Informe N° 321-MSB-GM-GAJ y el Memorandum N° 941-2016-MSB-GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional establece, que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades dispone en el artículo 39° que los concejos municipales ejercen funciones normativas mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; y el señor Alcalde, funciones ejecutivas que las ejerce mediante decretos de alcaldía;

Que, asimismo los numerales 36.1 del artículo 36° y 38.5 del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señalan que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de los gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos, que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; y asimismo una vez aprobado, toda modificación que no implique creación de nuevos procedimientos, incremento de los derechos de tramitación o requisitos, se deben realizar por Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Ordenanza N° 416-2008-MSB-A, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de San Borja, ratificado por Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 472-MML, y actualizado a la normativa vigente con Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MSB-A de fecha 29 de febrero de 2012, que aprobó la adecuación a la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones; asimismo, Decreto de Alcaldía N° 025-2014-MSB-A que simplificó procedimientos administrativos; así también, por Decreto de Alcaldía N° 010-2015-MSB-A, que adecua los procedimientos a la Ley N° 29022 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MTC; y finalmente por los Decretos de Alcaldía N° 02-2015-MSB-A y N° 04-2016-MSB-A, con los cuales se adecuaron las tasas a la Unidad Impositiva Tributaria de dichos años;

Que, la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones en el Informe de Vistos N° 343-2016-MSB-GM-GDU-ULCA, propone la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, aprobado por Ordenanza N° 416-MSB y adecuaciones, con la finalidad de que el Procedimiento a su cargo: 1) Licencia Municipal de funcionamiento de vigencia indeterminada para Establecimientos Comerciales, Industriales, Profesionales y de Servicio, se adecue a la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, modificada por Ley N° 30230 y Decreto Legislativo 1200, para lo cual se debe retirar el requisito 12 Declaración jurada de responsabilidad solidaria del conductor del local (para el caso de Cesionario);

Que, asimismo, la Unidad de Defensa Civil mediante Informe N° 232-2016-MSB-GMGF-UDC ha remitido una propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR