DECRETO DE ALCALDIA, Nº 009-2016-MSB-A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA - Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 009-2016-MSB-A
Emisor | MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA |
Fecha de la disposición | 30 de Septiembre de 2016 |
San Borja, 30 de setiembre de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN BORJA
VISTOS, el Informe N° 124-2016-MSB-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica de fecha 30 de setiembre de 2016; el Informe N° 321-MSB-GM-GAJ y el Memorandum N° 941-2016-MSB-GM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional establece, que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades dispone en el artículo 39° que los concejos municipales ejercen funciones normativas mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; y el señor Alcalde, funciones ejecutivas que las ejerce mediante decretos de alcaldía;
Que, asimismo los numerales 36.1 del artículo 36° y 38.5 del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señalan que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de los gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos, que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; y asimismo una vez aprobado, toda modificación que no implique creación de nuevos procedimientos, incremento de los derechos de tramitación o requisitos, se deben realizar por Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Ordenanza N° 416-2008-MSB-A, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de San Borja, ratificado por Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 472-MML, y actualizado a la normativa vigente con Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MSB-A de fecha 29 de febrero de 2012, que aprobó la adecuación a la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones; asimismo, Decreto de Alcaldía N° 025-2014-MSB-A que simplificó procedimientos administrativos; así también, por Decreto de Alcaldía N° 010-2015-MSB-A, que adecua los procedimientos a la Ley N° 29022 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MTC; y finalmente por los Decretos de Alcaldía N° 02-2015-MSB-A y N° 04-2016-MSB-A, con los cuales se adecuaron las tasas a la Unidad Impositiva Tributaria de dichos años;
Que, la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones en el Informe de Vistos N° 343-2016-MSB-GM-GDU-ULCA, propone la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, aprobado por Ordenanza N° 416-MSB y adecuaciones, con la finalidad de que el Procedimiento a su cargo: 1) Licencia Municipal de funcionamiento de vigencia indeterminada para Establecimientos Comerciales, Industriales, Profesionales y de Servicio, se adecue a la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, modificada por Ley N° 30230 y Decreto Legislativo 1200, para lo cual se debe retirar el requisito 12 Declaración jurada de responsabilidad solidaria del conductor del local (para el caso de Cesionario);
Que, asimismo, la Unidad de Defensa Civil mediante Informe N° 232-2016-MSB-GMGF-UDC ha remitido una propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA para...
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