RESOLUCION, Nº 6314-2016, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan a Financiera Credinka S.A. el traslado de oficina especial permanente ubicada en el departamento de Puno-RESOLUCION-Nº 6314-2016

Fecha de publicación10 Diciembre 2016
Fecha de disposición01 Diciembre 2016

Lima, 1 de diciembre de 2016

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

VISTA:

La solicitud presentada por la Financiera Credinka S.A. (en adelante, la Financiera) para que esta Superintendencia autorice el traslado de una oficina especial permanente ubicada en el departamento de Puno; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N° 3054-2012 de fecha 25 de mayo de 2012, esta Superintendencia autorizó la apertura, entre otras, de una oficina especial permanente ubicada en la Av. Independencia N° 114 esquina con Av. Circunvalación, distrito de Juliaca, provincia de San Román y departamento de Puno;

Que, en sesión de Directorio de fecha 18 de octubre de 2016, se acordó el traslado de la referida oficina especial, pero bajo la denominación de agencia, lo cual fue aclarado en sesión de Directorio de fecha 22 de noviembre de 2016, en el sentido de que la autorización de traslado solicitada se refiere a una oficina especial permanente y no a una agencia;

Que, la Financiera ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para el traslado de agencias;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera “D”; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o...

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