RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 495-2016-MEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Imponen con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular Luz del Sur S.A.A. la servidumbre de ocupación para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 8078 ubicada en el departamento de Lima-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 495-2016-MEM/DM

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2016

Lima, 28 de noviembre de 2016

VISTOS: El Expediente Nº 31239316 presentado por Luz del Sur S.A.A. sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad estatal, indispensable para la Subestación Eléctrica de Distribución N° 8078 (en adelante, SED N° 8078); y, el Informe N° 563-2016-MEM-DGE-DCE;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema N° 107-96-EM se otorga a favor de Luz del Sur S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica;

Que, Luz del Sur S.A.A. solicita la imposición de servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad estatal para la SED N° 8078, instalada dentro de su zona de concesión de distribución de energía eléctrica indicada en el considerando que antecede, ubicada en el Lote 2 que forma parte del Cuartel General del Ejército, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en el Expediente presentado mediante el documento ingresado con Registro N° 2632159 de fecha 15 de agosto de 2016;

Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, así como lo señalado en el considerando que antecede, la servidumbre de ocupación para la SED N° 8078 ocupa terrenos de propiedad estatal;

Que, según lo establecido en el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones;

Que, asimismo el literal c) del artículo 110 de la Ley de Concesiones Eléctricas...

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