ORDENANZA, Nº 021-2016/MPS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA - Aprueban actualización del plano de zonificación y usos del suelo y la clasificación de los giros comerciales de actividades económicas para la emisión de las Licencias de Edificación y Funcionamiento en la ciudad de Sullana - Bellavista - Piura-ORDENANZA-Nº 021-2016/MPS

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2016

Sullana, 31 de octubre de 2016

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Sullana, en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 33, de fecha 31 de Octubre de 2016 ha visto el Dictamen Nº 014-2016/MPS, presentado por la Comisión Municipal de Desarrollo Urbano e Infraestructura; y,

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, tal como lo establecen: el Artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680; el Artículo 9º de la Ley Nro. 27783, Ley de Bases de la Descentralización; el Artículo II, del Título Preliminar de la Ley Nro. 27972Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, las Municipalidades cumplen función normativa, entre otros mecanismos, a través de Ordenanzas Municipales y de Normas Regionales de carácter general que tienen rango de Ley dentro de su ámbito jurisdiccional. Del mismo modo tiene su sustento en el numeral 4) del artículo 200 de la Constitución Política, al igual que los decretos de urgencia;

Que, el artículo 195º de la referida norma, dispone que los gobiernos locales tiene competencia para Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; además de Desarrollar y Regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley;

Que, como lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, artículo 73º, : Materias de Competencia Municipal; del Capítulo I: Las Competencias y Funciones Específicas Generales; del Título V: Las Competencias y Funciones Específicas de los Gobiernos Locales; es atribución de los gobiernos locales emitir normas técnicas generales en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, es función específica de las municipalidades el Planeamiento...

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