DECRETO SUPREMO, Nº 308-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional para financiar el depósito semestral por concepto de CTS-DECRETO SUPREMO-Nº 308-2016-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del artículo 2 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, modificado por la Ley N° 30408, la compensación por tiempo de servicios correspondiente a los trabajadores de la Administración Pública sujetos al régimen de la actividad privada del Decreto Legislativo N° 728 y a los servidores civiles que ingresen al nuevo régimen del servicio civil establecido por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se deposita semestralmente en la institución elegida por el trabajador;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2016-TR, se adecúa el Reglamento de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-97-TR, a lo establecido en la Ley Nº 30408, Ley que modifica el artículo 2 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30408;

Que, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, el Poder Judicial, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Contraloría General, el Instituto Peruano de Energía Nuclear, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Instituto Nacional de Investigación Agraria, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia Nacional de Salud, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico, y el Ministerio Público, a través del Oficio N° 571-2016-SUNAFIL/DS, el Oficio N° 6307-2016-P-PJ, el Oficio N° 196-2016-CGBVP/CG, los Oficios N°s 257 y 278-2016-MIMP/DM, los Oficios N°s 01592-2016-CG/DC, 00239-2016-CG/FI y 00067-2016-CG/GAF, el Oficio N° 293-16-IPEN/PRES, los Oficios N°s 1184 y 1091-2016-P-CNM, los Oficios N°s 859-2016-INIA-OPP/UPRE y 075-2016-INIA-SG, los Oficios N°s 1091-2016-MINAGRI-SENASA y 0029-2016-MINAGRI-SENASA-ST, los Oficios N°s 231-2016-GG/IRTP y 054-2016-PE/IRTP, los Oficios N°s 042-2016-DP/OPPRE y 029-2016-DP/SG, los Oficios N°s 188, 197 y 00245-2016-SUSALUD/SG, los Oficios N°s 149-2016-COFOPRI/OPP y 1834-2016/VIVIENDA-SG, el Oficio N° 496-2016-INGEMMET/PCD y el Oficio N° 326-2016-MP-FN, respectivamente; solicitan una demanda adicional de recursos para financiar el depósito semestral de...

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