ORDENANZA, Nº 00210/MDSA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA - Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 00177/MDSA que aprueba la estructura de costos y estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos, impresión y distribución al domicilio fiscal de los recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales-ORDENANZA-Nº 00210/MDSA

Fecha de publicación02 Noviembre 2016
Fecha de disposición02 Noviembre 2016
603347
NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de noviembre de 2016
El Peruano
/
convenio con la exoneración del 100% de los intereses
moratorios.
Artículo Quinto.- DE LOS DESCUENTOS Y
CONDONACIÓN DE MORAS: Los descuentos y
condonación de intereses establecidos en la presente
ordenanza solo se aplicarán a los pagos realizados en
forma voluntaria o sobre el saldo deudor en caso hubiera
efectuado pago a cuenta. No se aplicarán descuentos
y/o condonación de intereses cuando la deuda en estado
coactivo es cancelada o amortizada con una medida
cautelar de embargo efectivo en cualquiera de sus
modalidades.
Artículo Sexto.- GASTOS Y COSTAS PROCESALES:
Las deudas Tributarias y Administrativas que se
encuentran en proceso de cobranza coactiva se acogerán
al benecio establecido en la presente Ordenanza, con la
condonación del 100% de las costas coactivas y gastos
administrativos generados por el expediente coactivo.
No se aplican en caso la Deuda en estado coactivo es
cancelada o amortizada con una medida cautelar de
embargo efectiva en cualquiera de sus modalidades.
Artículo Séptimo.- VIGENCIA DEL BENEFICIO: La
presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 02
de Noviembre hasta el 31 de Diciembre del presente año,
previa publicación en el Diario Ocial El Peruano.
Artículo Octavo.- PAGOS ANTERIORES:
Los contribuyentes que con anterioridad, hayan
efectuado pagos al contado o dentro de convenios
de fraccionamiento, por deudas comprendidas dentro
del presente programa de benecios se considerarán
como válidos y no generarán derecho de devolución ni
compensación alguna.
Artículo Noveno.- DE LOS MEDIOS
IMPUGNATORIOS INTERPUESTOS: El pago de cualquier
deuda en aplicación de la presente Ordenanza, originará
el desistimiento automático de los medios impugnatorios,
que se hayan interpuesto ante la administración.
DISPOSICIONES FINALES
Primero.- Encargar a la Secretaría General, Gerencia
de Administración, Gerencia de Rentas y Subgerencia
de Relaciones Públicas, Subgerencia de Informática y
Estadística e Imagen Institucional el el cumplimiento de
la presente Ordenanza.
Segundo.- Facúltese a la Alcaldesa para que
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplicación
de la presente Ordenanza, así como para disponer su
prórroga.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA
Alcaldesa
1448383-1
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
N° 00177/MDSA que aprueba la estructura
de costos y estimación de ingresos del
servicio de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación
de tributos, impresión y distribución al
domicilio iscal de los recibos de pago del
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 00210/MDSA
Santa Anita, 28 de octubre de 2016
VISTO: en sesión ordinaria de la fecha que se indica,
el Memorándum Nº 0302-2016-GR/MDSA de la Gerencia
de Rentas sobre aprobación de la prórroga y vigencia de
la Ordenanza Nº 00177/MDSA, que aprueba la emisión
mecanizada de los recibos del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales.
CONSIDERANDO:
Que la Cuarta Disposición Final del Texto Único
por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que las
Municipalidades que brinden el servicio de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
de tributos y de recibos de pago, así como su distribución
a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio
no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada
ejercicio.
Que con Ordenanza Nº 00177/MDSA se aprobó la
Estructura de costos y estimación de ingresos del servicio
de emisión mecanizada de actualización de valores,
determinación de tributos, impresión y distribución al
domicilio scal de los recibos de pago del Impuesto
Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio scal 2016, la
cual ha sido raticada por la Municipalidad Metropolitana
de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 367 y publicada en
el Diario Ocial El Peruano con fecha 17 de diciembre del
2015.
Que con Ordenanza Nº 1533-MML modicada por
Ordenanza Nº 1833-MML, en sus Disposiciones Finales
Sétima -Periodicidad de Raticación de Ordenanzas del
servicio municipal sobre Emisión Mecanizada de Valores
para el contribuyente- señala que “Las ordenanzas
distritales que aprueben el servicio municipal sobre
emisión mecanizada de valores para el contribuyente,
deberán ser raticadas anualmente. Sin perjuicio de lo
anterior, el Acuerdo de Concejo raticatorio tendrá una
vigencia máxima de dos (2) ejercicios scales adicionales,
en la medida que no exista variaciones sustanciales en
las condiciones que originaron la raticación en cuyo
caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT
su decisión de aplicar dicha aplicación del Acuerdo de
Concejo raticatorio para los citados ejercicios, mediante
comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el
último día hábil del mes de diciembre. Transcurrido
dicho periodo, las municipalidades deberán dar inicio
al procedimiento de raticación respectivo, conforme el
plazo previsto para tal efecto.”
Que con Memorandum 020-2016-SGLSG-GA/
MDSA, la Subgerencia de Logística y Servicios Generales
informa que para el servicio de emisión mecanizada del
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio scal
2017, no se producirá variación sustancial respecto a los
costos de materiales establecidos en la Ordenanza Nº
00177/MDSA.
Que con Informe Nº 1572-2016-SGAT-GR/MDSA, la
Subgerencia de Administración Tributaria informa que
las etapas del proceso de emisión mecanizada, recursos
humanos, materiales, equipos y servicios de terceros
necesarios para cumplir con las labores de la emisión y
distribución de cuponeras mecanizadas del año 2017,
serán los mismos del ejercicio scal 2016 aprobados
según Ordenanza Nº 00177/MDSA.
Que, estando al Memorandum Nº 020-2016-SGLSG-
GA/MDSA de la Subgerencia de Logística y Servicios
Generales e Informe Nº 1572-2016-SGAT-GR/MDSA de
la Subgerencia de Administración Tributaria, se determina
que al no existir variación sustancial respecto de los
costos de materiales, etapas del proceso de emisión
mecanizada, recursos humanos, equipos y servicios de
terceros incurridos en el año 2016, resulta necesario la
prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 00177/MDSA
para la Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales del ejercicio scal 2017.
Que, mediante Informe Nº 669-2016-GAJ/MDSA la
Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la presente
ordenanza se encuentra enmarcada dentro de los
alcances normativos vigentes, por lo que opina se eleven
los actuados al Concejo Municipal para su aprobación
correspondiente.
Estando a lo dispuesto en el Art. 9º numerales 8)
Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura

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