RESOLUCION DIRECTORAL.Nº 024-2016-EF/50.01.Aprueban la Directiva Nº 002-2016-EF/50.01 "Directiva para los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por Resultados.Sábado 29 de octubre de 2016 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU SEPARATA ESPECIAL Ministerio de Economía y Finanzas PROCESO PRESUPUESTARIO DEL SECTOR PÚBLICO “Directiva para los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por Resulta... -

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2016
Sábado 29 de octubre de 2016
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
SEPARATA ESPECIAL
Ministerio de Economía y Finanzas
PROCESO
PRESUPUESTARIO
DEL SECTOR PÚBLICO
“Directiva para los Programas
Presupuestales en el marco del
Presupuesto por Resultados”
Directiva Nº 002-2016-EF/50.01
Resolución Directoral Nº 024-2016-EF/50.01
Sábado 29 de octubre de 2016 /
El Peruano
602876 NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 024-2016-EF/50.01
Lima, 18 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de
la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, se dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el
órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, cuenta
con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como la
de emitir las directivas y normas complementarias pertinentes;
Que, la Dirección General de Presupuesto Público, en coordinación con los Sectores, viene promoviendo
la implementación de metodologías e instrumentos para mejorar la calidad del gasto público, en el marco del
Presupuesto por Resultados (PpR), lo que implica migrar de un enfoque inercial y centrado en el costeo de
insumos hacia el modelo de nanciamiento que vincula los recursos asignados a las entidades públicas con los
resultados que deben lograr en bene cio de su población objetivo, haciendo uso sistemático de la información de
desempeño y de las prioridades de política;
Que, en ese sentido, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público,
establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referidas
a la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesaria la de nición de
procesos y etapas, con el objeto de impulsar y apoyar en el Sistema Nacional del Presupuesto Público el enfoque
de nanciamiento de las intervenciones públicas en el marco del PpR, a través de los Programas Presupuestales
como unidad de programación, y a la vez, establecer disposiciones para la identi cación, diseño y registro de
dichos Programas Presupuestales, para las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y
Finanzas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 002-2016-EF/50.01 “Directiva para los Programas Presupuestales en
el marco del Presupuesto por Resultados” y sus Anexos, que forman parte de la presente resolución, conforme
a lo siguiente:
 Anexo Nº 1: Aspectos complementarios para la identi cación y diseño de Programas Presupuestales;
 Anexo Nº 2: Contenidos mínimos de un Programa Presupuestal;
 Anexo Nº 3: Protocolo de veri cación de contenidos mínimos de un Programa Presupuestal;
 Anexo Nº 4: Informe técnico de sustento para el rediseño o la propuesta de nuevos PP;
 Anexo Nº 5: Plan de trabajo de articulación territorial del PP; y
 Anexo Nº 6: Ficha de veri cación del Plan de Trabajo de Articulación Territorial.
Artículo 2.- Disponer que la Directiva y los Anexos a los que hace referencia el artículo 1 de la presente
resolución, se publiquen en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Director General
Dirección General de Presupuesto Público
El Peruano / Sábado 29 de octubre de 2016 602877
NORMAS LEGALES
“DIRECTIVA PARA LOS PROGRAMAS PRESUPUESTALES
EN EL MARCO DEL PRESUPUESTO POR RESULTADOS”
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objetivo y Alcance
1.1 La presente Directiva establece disposiciones para la identi cación, diseño, revisión, modi cación y registro
de los Programas Presupuestales (en adelante PP).
1.2 La Directiva es de alcance a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales,
considerando la progresividad en la implementación de los PP.
Artículo 2. Base Legal
La presente Directiva se enmarca en lo establecido en el artículo 79 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto.
Artículo 3. De niciones Básicas
a) Categoría Presupuestaria: Es un criterio de clasi cación del gasto presupuestal. Las categorías
presupuestarias, como parte de la estructura programática, son: Acciones Centrales, Asignaciones Presupuestarias que
no resultan en Productos (APNOP) y Programa Presupuestal (PP).
b) Acciones Centrales: Categoría presupuestaria que comprende a las actividades orientadas a la gestión de
los recursos humanos, materiales y nancieros de la entidad, que contribuyen de manera transversal e indivisible al logro
de los resultados de los PP (a los que se encuentre articulada la entidad) y de otras actividades de la entidad que no
conforman los PP. Esta categoría podrá incluir proyectos no vinculados a los resultados de un PP.
Las actividades de la categoría presupuestaria Acciones Centrales se encuentran incluidas en el Anexo Nº 1:
Aspectos complementarios para la identi cación y diseño de los PP, de la presente Directiva.
Aquellas unidades ejecutoras vinculadas a un Resultado Especí co, y que por tanto, todas sus acciones
correspondan a un PP, no deberán tener Acciones Centrales.
c) Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Producto (APNOP): Categoría presupuestaria que
comprende las actividades para la atención de una nalidad especí ca de la entidad, que no resulta en la entrega de un
producto a una población determinada. En el marco de la progresividad de la implementación de los PP, esta categoría
también podrá incluir proyectos e intervenciones sobre la población que aún no hayan sido identi cadas como parte de
un PP.
d) Programa Presupuestal: Categoría presupuestaria que constituye un instrumento del Presupuesto por
Resultados, y que es una unidad de programación de las acciones de las entidades públicas, las que integradas y
articuladas se orientan a proveer productos para lograr un Resultado Especí co en la población y así contribuir al logro
de un Resultado Final asociado a un objetivo de política pública.
e) Resultado Final: Es un cambio en las condiciones, cualidades o características inherentes a una población
identi cada, en el entorno en el que se desenvuelve o en las organizaciones que la sirven, tanto del Sector Público
como Privado. Corresponde a un objetivo de política nacional. Podrán existir uno o más Programas Presupuestales y/o
productos de Programas Presupuestales que compartan un mismo Resultado Final, así como, un Programa Presupuestal
que corresponde a más de un Resultado Final.
Cabe señalar, que el logro del resultado nal, si bien se asocia al avance en las metas del o los PP relacionados
al mismo, no es enteramente atribuible a estos. Asimismo, el logro del resultado nal puede estar afectado por factores
externos.
La lista referencial de Resultados Finales1 se encuentra publicada en el portal institucional del Ministerio de
Economía y Finanzas:
http://www.mef.gob.pe/contenidos/presu_publ/ppr/result_ nales_articulados_pbicentenario.pdf
f) Resultado especí co: Es el cambio que se busca alcanzar para solucionar un problema identi cado sobre
una población objetivo, y que a su vez contribuye al logro de un resultado nal. El resultado especí co no constituye un
n en sí mismo. Cabe señalar, que un programa presupuestal solo tiene un resultado especí co.
1 Dicha lista ha sido coordinada con CEPLAN tomando como referencia los objetivos especí cos del Plan Estratégico Nacional (Plan Bicentenario – El Perú hacia
el 2021), en concordancia con las políticas de Estado expresadas en el Acuerdo Nacional.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR