Resolución nº 59-2016/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 21 de Enero de 2016

Fecha de Resolución21 de Enero de 2016
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente001454-2015/CC2
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº2
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº11782015/CC2
RESOLUCIÓNNº0592016/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : JANETMARLENESÁNCHEZHUAMÁNDETANAKA
(LASEÑORASÁNCHEZ)
DENUNCIADO : DERCOCENTERS.A.C.
(DERCO)
MATERIA : MEDIDACAUTELAR
ACTIVIDAD : VENTADEVEHÍCULOSAUTOMOTORES
Lima,21deenerode2016
I. HECHOS
1. El 5 de octubre de 2015, complementado mediante escrito del 10 de noviembre
de 2015 , la señora Sánchez denunció a Derco por presunta infracción a la Ley
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Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el
3
Código),señalandolosiguiente:
a. En febrero de 2015, adquirió de la empresa denunciada una camioneta
marca JAC, modelo Refine Vanit, pagando la suma de US$ 19 230,00, la
cualfueentregadael4demarzode2015;
b. a los seis meses de la entrega, el vehículo ingresó en varias oportunidades
al taller de la empresa denunciada en atención a que presentó fallas que no
fueronreparadasenaplicacióndelagarantía,consistentesenlosiguiente:
a. el medidor de combustible no funciona de manera correcta pues pese a
queeltanquedegasseencuentralleno,marcanivelesinferiores;
b. las láminas de seguridad instaladas en el parabrisas posterior
presentanburbujasdeaire;
c. los cambios a primera, segunda, tercera y cuarta no pueden realizarse
confacilidad;
d. el encendido del vehículo por las mañanas es defectuoso en tanto se
tiene que girar la llave dos veces para que este encienda y hay poca
fuerza;
e. el lado derecho del parachoques delantero no contaba con un acabado
brilloso;
f. el piso de la parte posterior de su vehículo está hundido y al pisarlo
produceunsonido;
1 Escrito presentado en atención a un requerimiento de información efectuado por la Secretaría Técnica de la
ComisióndeProtecciónalConsumidorN°2.
2 R.U.C.N°20548527113.
3LEY N 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR,publicado el 2de septiembre  
de 2010 en el Diario Oficial El Peruano. Dicho código será aplicable a los supuestos de infracción quese    
configuren a partir del 2 de octubre de 2010, fecha en la cual entró en vigencia el mismo. Los demáscasos, se
seguirán tramitando de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0062009/PCM, Texto Único
Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al Consumidor (vigente entre el 31 de enerode 2009 yel 1 de  
octubre de 2010), en el Decreto Supremo Nº 0392000/ITINCI (vigente hasta el 26 de junio de 2008) y Decreto
LegislativoNº1045(vigenteentreel27dejuniode2008yel30deenerode2009).
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