Resolución nº 2147-2015/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 26 de Noviembre de 2015
Fecha de Resolución | 26 de Noviembre de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 276-2015/CC2 |
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº2
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº2762015/CC2
RESOLUCIÓNFINALN°21472015/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓNDECONSUMIDORESYUSUARIOSDE
LAREGIÓNANCASH(ACUREA)
DENUNCIADOS : COMPAÑÍA NACIONAL DE CHOCOLATES DE PERÚ
S.A.(CNCHPERÚ)
MATERIA : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
ROTULADO
MEDIDASCORRECTIVAS
COSTASYCOSTOS
ACTIVIDAD : VENTADEPRODUCTOSMINORISTAS
ELABORACIÓNDECACAO,CHOCOLATEYCONFIT.
Lima,26denoviembrede2015
ANTECEDENTES
1. El 20 de febrero de 2015
, Acurea denunció a CNCH Perú por presuntas
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infracciones a la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor
(enadelante,elCódigo),señalandolosiguiente:
(i) CNCH Perú elabora entre otros, chocolates confitados de la marca Mini
ChinChin en envases plastificados de 10 gramos y Chin Chin en envases
plastificados de 18 gramos, siendo que dichos productos se encuentran
dirigidosprincipalmenteamenoresdeedad;
(ii) los referidos productos informan en su envoltura que estos contienen “leche,
soya y tartrazina
”. Asimismo, indican que “pueden contener trazas de maní,
nuecesdeárbol,glutenyhuevos
”;
(iii) al respecto, la información no es clara y precisa pues se indica que el
producto podría o no contener lo indicado, lo cual induce a error al
consumidor;y,
(iv) dichos productos al ser perecibles tienen la obligación de contar con una
fecha de vencimiento con caracteres indelebles, lo cual no ocurre en el caso
de los productos materia de denuncia, pues dicha información puede ser
retirada con el tacto siendo que ello pone en riesgo la salud de los
consumidores.
2. Envirtudaello,Acureasolicitólosiguiente:
(i) Se programe una audiencia para que se verifiquen los hechos materia de
1 Mediante Resolución Nº 1, del 11 de noviembre de 2014, la Oficina Regional del Indecopi de Ancash – Sede
Chimbote, declinó la competencia para conocer la presente denuncia, la misma que fue remitida a la Comisión de
ProtecciónalConsumidorNº2el24denoviembrede2014.
2 RUCN°20263322496
MCPC05/1A
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