Resolución nº 186-2015/CPC-INDECOPI-TAC de Comisión de Protección al Consumidor, de 19 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente19-2015/CPC
COMISIÓN OFICINA REGIONAL INDECOPI -TACNA
EXPEDIENTE N.º 0019-2015/CPC-INDECOPI-TAC
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCI A Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Av. Bolognesi n.º 158, esquina con calle Arequipa n.º 110 - 114, Tacna – Perú / Telefax: 052-427938
www.indecopi.gob.pe
M-CPC-06/1A
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RESOLUCIÓN FINAL N.º 0186-2015/INDECOPI-TAC
PROCEDENCIA : TACNA
DENUNCIANTE : COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE
TACNA
DENUNCIADA : LORENY FIDELA CARPIO MEDINA
1
MATERIA : IDONEIDAD
SANCIÓN
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA PRIMARIA
Resumen: La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Tacna ha resuelto
declarar fundado el procedimiento de oficio iniciado en contra de la señora
Loreny Fidela Carpio Medina, al haberse acreditado que no implementó en su
institución educativa el Libro de Registro de Incidencias, desde su entrada en
vigencia, lo cual constituye una infracción al artículo 73 del Código de
Protección y Defensa del Consumidor.
Sanción:
- Amonestación: por infracción al artículo 73 del Código de Protección y
Tacna, 19 de octubre de 2015
I. Antecedentes
1. La Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Tacna (en adelante, la Secretaría T écnica) con la debida delegación de
facultades, en el marco de las acciones de prevención y fiscalización del sector
educativo 2015, remitió a la señora Loreny Fidela Carpio Medina (en lo sucesivo,
la señora Carpio), promotora de la Institución Educativa Particular «La casita de
la Tía Loreny», la carta n.º 0141-2015/INDECOPI-TAC y el documento
denominado «anexo 01».
2. A través del referido documento, se requirió información a efectos de verificar
presuntas infracciones a lo establecido por la Ley 29571 - Código de Protección
y Defensa del Consumidor (en lo posterior, el Código), razón por la cual la
Secretaría Técnica inició la investigación n.º 0067-2015/PREV-CPC-INDECOPI-
TAC.
3. Conforme lo requerido, la señora Carpio remitió el 26 de febrero de 2015 la
documentación solicitada, siendo que a través del informe n.º 0040-
2015/INDECOPI-TAC se dio cuenta a la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Tacna (en lo sucesivo, la Comisión) de presuntos hechos que
contravendrían las disposiciones del Código, conforme se aprecia en el siguiente
cuadro:
INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
PROPIETARIO Y RUC
DIRECCIÓN
INFORMACIÓN
I.E.P. CUNA JARDÍN
LA CASITA DE LA TIA
LORENY
LORENY FIDELA
CARPIO MEDINA/RUC
N.º 10293115678
CALLE LOS
ALAMOS N.° 2000
Se constató lo siguiente:
(i) De la revisión del acta anexo 01 numeral IX, se dejó
constancia que no se habría implementado el Libro de
Incidencias, desde su entrada en vigencia.
1
Administrada: Loreny Fidela Carpio Medina con D.N.I. n.° 29311567 y RUC n.° 10293115678.

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