Resolución nº 1392-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 18 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente637-2015/CC1
COMI5IdN
DE
PROTECCJdN
AL
CONSUtiiDOR.
Ir
1
SEDECSJJW.
EXPEDIENTE
11'
631
·201S'CC1
RESOLUCIÓN FINAL 1392-2015/CC1
PROCEDENCIA
DENUNCIANTE
DENUNCIADO
MATERIA
ACTIVIDADES
LIMA
PVR PERÚ S.A.C.
(PVR)
BBVA BANCO CONTINENTAL S.A.
(EL BANCO)
IMPROCEDENCIA
NOCION DE CONSUMIDOR FINAL
OTROS TIPOS DE INTERMEDIACION MONETARIA
Lima, 18de setiembre de 2015
ANTECEDENTES
1.
El
12
de junio de 2015, PVR -representada
por
su
Apoderado,
el
señor Luis Alberto Nuñez
Tarril/o- denunció
al
Banco por presuntas infracciones de la Ley 29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor1(en adelante, el Código), señalando lo siguiente:
(i) Por
un
Informe de Auditoría,
se
determinó que
su
Ex Gerente General giró cheques a
sola firma por
un
monto total ascendente a S/. 4 573 024,00, durante
el
periodo del1
de noviembre de
2011
al4
de diciembre de 2012.
(ii)
El
Banco no debió pagar los cheques debido a que según la partida electrónica de
PVR,
la
emisión, endoso, cobro o pago de los cheques girados a nombre del
denunciante deben estar firmados por
el
Gerente General y uno de sus accionistas.
(iii) De forma previa a la interposición de la denuncia, solicitó al Banco la entrega de los
cheques;
sin
embargo, no recibieron información sobre
el
particular.
(iv)
El
8 de abril de 2015 presentó
su
reclamo ante el Banco;
sin
embargo, hasta
la
fecha
de
la
denuncia
no
recibió ninguna respuesta.
(v) De esta manera los cheques fueron indebidamente pagados por la entidad bancaria,
ocasionándole
un
grave perjuicio económico.
(vi) Solicitó
se
ordene como medida correctiva la entrega de todos los cheques pagados
por
el
Banco, el reembolso de los cheques que fueron cobrados
sin
firma conjunta,
que ascendió al monto de S/. 4 573 024,00 más los intereses a los que hubiere lugar;
así como,
el
pago de las costas y costos del procedimiento administrativo.
Publicado en el Diario oficial "El Peruano"
el2
de septiembre de 2010 y vigente desde
el2
de octubre de 2010.
M-CPC-0511A

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