Resolución nº 1121-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 31 de Julio de 2015

Fecha de Resolución31 de Julio de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente9-2015/CC1
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 303-2014/PS1
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1121-2015/CC1
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR 1
(OPS Nº 1)
DENUNCIANTE : HILDA YSABEL CACHAY DÍAZ (LA SEÑORA CACHAY)
DENUNCIADA : MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y
REASEGUROS S.A. (MAPFRE)
MATERIAS : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 31 de julio de 2015
ANTECEDENTES
1. El 14 de mayo de 2014, complementado con el escrito del 3 de julio de 2014, la
señora Cachay denunció a Mapfre por presunta infracción a la Ley N° 29571, Código
de Protección y Defensa del Consumidor1 (en adelante, el Código), señalando lo
siguiente:
(i) El Seguro Social de Salud (en adelante, EsSalud) ─en calidad de s u
empleadora─ contrató con Mapfre un “Seguro Complementario de Trabajo de
Riesgo Pensiones (en adelante, SCTR)” (Póliza Nº 70110104762) cuyas
condiciones le otorgaba cobertura por invalidez parcial permanente.
(ii) El 23 de marzo de 2012, ─mientras de sempeñaba sus funciones como
personal de enfermería─ sufrió u n accidente por el cual fue atendida en el
“Hospital Edgardo Rebagliati Martins” continuando con su tratamiento en el
“Hospital III de Emergencias Grau” a cargo del doctor José Luis Pérez Del
Águila Coda (en adelante, el doctor Pérez del Águila).
(iii) Debido a la complejidad de sus lesiones,2 el 29 de mayo de 2013, denunció
ante Mapfre el accidente de trabajo, por lo que la compañía aseguradora le
realizó una evaluación médica de incapacidad, la cual también estuvo a cargo
del doctor Pérez del Águila, determinándosele un menoscabo global de la
persona de 24,6%.
1 Publicada el 2 d e setiembre de 2010 en el Diario Oficial El Peruano y vigente desde el 2 de octubre de 2010.
2 La señora Cachay indica que fue diagnosticad a con secuelas de luxación, torcedura y esguince de m iembro inferior
izquierdo.

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