Resolución nº 575-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 28 de Abril de 2015
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 248-2014/CC1 |
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº1
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº2482014/CC1
RESOLUCIÓNFINALNº05752015/CC1
DENUNCIANTE : SUCESIÓN INTESTADA DEL SEÑOR CARLOS MARTÍN
VIGURIANAVEROS(LASUCESIÓN)
DENUNCIADAS : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. INTERBANK
(ELBANCO)
INTERSEGURO COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
(INTERSEGURO)
MATERIAS : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
IDONEIDAD
MEDIDASCORRECTIVAS
GRADUACIÓNDELASANCIÓN
ACTIVIDAD : PLANESDESEGUROSDEVIDA
Lima,28deabrilde2015
ANTECEDENTES
1. El 19 de marzo de 2014, complementado el 6 de mayo de 2014, la Sucesión
—representada por la señora Liliana Isabel Asencios Espinoza (en adelante, la señora
Asencios)— denunció al Banco y a Interseguro, por presuntas infracciones a la Ley Nº
,
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señalandolosiguiente:
(i) El 11 de agosto de 2013, falleció el señor Carlos Martín Viguria Naveros (en
adelante, el señor Viguria), padre de su menor hijo, razón por la cual acudió a la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, la SBS) a efectos de
solicitar información sobre la adquisición de créditos y seguros contratados por
elseñorViguria.
(ii) La SBS le informó que el señor Viguria había contratado, a través del Banco, un
seguro de desgravamen brindado por Interseguro, motivo por el cual se acercó a
las oficinas de la entidad bancaria, indicándosele que debía presentar cierta
documentaciónparasolicitarlacoberturadelseguro.
(iii) Acudió al Banco para presentar los documentos requeridos; sin embargo, la
entidad bancaria le indicó que había excedido el plazo de noventa (90) días para
solicitar la cobertura, negándose a recibir los documentos y comunicándole
adicionalmentequedebíaacercarseaInterseguroparaentregarlos.
(iv) El 16 de enero de 2014, el Banco le envió una carta informándole sobre la
negativa de cobertura del seguro de desgravamen, pues Interseguro señaló que
la causa del fallecimiento del señor Viguria se encontraba inmerso en un
supuestodeexclusión.
1 Publicadael2desetiembrede2010enelDiarioOficialElPeruanoyvigenteapartirdel2deoctubrede2010.
MCPC05/1A
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