Resolución nº 226-2015/CPC-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 10 de Abril de 2015
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 223-2014/CPC |
COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
RESOLUCIÓN Nº 0226-2015/INDECOPI-LA M
EXPEDIENTE Nº 223-2014/CPC-INDECOPI-LAM
M-CPC-05/1A
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RESOLUCIÓN FINAL Nº 0226-2015/INDECOPI-LAM
PROCEDENCIA : LAMBAYEQUE
DENUNCIANTE : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE (LA COMISIÓN)
DENUNCIADO : MANUEL URIEL FARRO PÉREZ (SEÑOR FARRO)
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MATERIA : LISTA DE PRECIOS
ACTIVIDAD : HOTELES, CAMPAMENTOS Y OTROS
SUMILLA: Declarar infundada la denuncia presentada por la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque contra el señor Manuel Uriel
Chiclayo, 10 de abril de 2015
ANTECEDENTES
1. El 24 de julio del 2014, personal de la Secretaría Técnica de la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante la Secretaría
Técnica) levantó un acta de inspección en el establecimiento del señor Farro;
asimismo, el 2 de octubre de 2014, se realizó otra diligencia de inspección con
la finalidad de verificar presuntas infracciones a la Ley Nº 29571- Código de
Protección y Defensa del Consumidor (en adelante el Código)
2
, conforme al
siguiente detalle:
PROVEEDOR Y/O
ESTABLECIMIENT
O
DIRECCIÓN
FECHA DE
INSPECCIÓN
SE VERIFICÓ
CONCLUSIÓN
MANUEL URIEL
FARRO PEREZ -
EJECUTIVOS
HOTEL
Calle siete de
enero N° 1351 –
Chiclayo
PRIMERA
INSPECCION
24/07/2014
El establecimiento no
cuenta con lista de
precios al exterior.
Presunta
infracción al
artículo 5° inciso
3) del Código.
SEGUNDA
INSPECCION
02/10/2014
El establecimiento no
cuenta con lista de
precios al exterior.
El establecimiento
cuenta con lista de
precios al interior, la
misma que no es v isible
ni accesible a los
consumidores.
Presunta
infracción al
artículo 5° inciso
3) del Código.
2. Mediante Informe Nº 188-2014/INDECOPI-LAM de fecha 22 de octubre del
2014, la Secretaría Técnica puso en conocimiento de la Comisión la
investigación realizada al establecimiento del señor Farro, por presuntas
infracciones al Código.
3. Mediante Resolución Nº 0869-2014/INDECOPI-LAM de fecha 24 de octubre del
2014, la Comisión inició de oficio un procedimiento en contra del señor Farro,
por presunta infracción al artículo 5º inciso 3 del Código.
1 D.N.I. Nº 16625386
2 Folios del 8 al 15 del expedient e.
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