Resolución nº 499-2014/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 21 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 817-2012/PS2
RESOLUCIÓN FINAL Nº 499-2014/CC1
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
INTERESADO : MIGUEL HUAPAYA HUAMBACHANO (EL SEÑOR
HUAPAYA)
DENUNCIADO : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ S.A. (EL BANCO) 1
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
PROTECCIÓN A LOS INTERESES ECONÓMICOS
IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
Lima, 21 de mayo de 2014
ANTECEDENTES
1. El 26 de julio de 2012, el señor Huapaya denunció al Banco por presunta infracción
de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante,
el Código), señalando que el 9 de febrero de 2012 dicha entidad financiera se negó
a pagarle un cheque por US$ 3 268,38, emitido a su favor por la empresa New York
Tours S.A., alegando que el mismo no fue girado por la persona autorizada para
ello.
2. El señor Huapaya solicitó que se ordene al Banco, como medida correctiva, que
cumpla con pagarle el cheque emitido a su favor por US$ 3 268,38. Asimismo, el
interesado solicitó el pago de las costas y costos del procedimiento.
3. Mediante Resolución N° 1 del 6 de agosto de 2012, se admitió a trámite la denuncia
contra el Banco, imputando el siguiente cargo:
“(…)
PRIMERO: admitir a trámite la denuncia de fecha 26 de julio de 2012 presentada por
el señor Miguel Huapaya Huambachano contra Banco de Crédito del Perú por
presunta infracción de los artículos 1º literal c), 18º y 19º del Código de Protección y
Defensa del Consumidor, en tanto Banco de Crédito del Perú se habría negado a
pagar al interesado el cheque por US$ 3 268,38, emitido a su favor.
(…)”.
4. El 20 de agosto de 2012, el Banco presentó sus descargos en los siguientes
términos:
(i) Pese a que el señor Huapaya señaló haberse acercado a la oficina del Banco
ubicada entre la Calle Schell y la Av. Larco del distrito de Miraflores, no
cuentan con ninguna oficina localizada en dicha dirección. No obstante,
existen dos (2) oficinas en la Av. Larco, siendo que en ninguna de ellas se
ubicó el cheque materia de denuncia, por lo que el interesado no acreditó que
1 RUC N° 20100047 218.

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