RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 268-2016-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen el funcionamiento del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales - REM@JU, en órganos jurisdiccionales civiles con Sub Especialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 268-2016-CE-PJ

Fecha de disposición19 Octubre 2016
Fecha de publicación26 Octubre 2016
SecciónSección Única

Lima, 19 de octubre de 2016.

VISTA:

La Resolución Administrativa N° 211-2016-CE-PJ, de fecha 24 de agosto de 2016, que aprobó la Directiva N° 008-2016-CE-PJ, denominada “Norma y Procedimientos para la realización de los Remates Electrónicos Judiciales -REM@JU”, y el “Procedimiento Remates Electrónicos Judiciales”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, de conformidad a los alcances y disposiciones que emanan de la Ley N° 30229, Ley que adecua el uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones en el Sistema de Remates Judiciales y en los Servicios de Notificaciones de las Resoluciones Judiciales, y que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo, y el Decreto Supremo N° 003-2015-JUS que aprobó su Reglamento, corresponde a este Poder del Estado llevar a cabo las acciones tendientes a la organización, implementación y funcionamiento del Remate Electrónico Judicial (REM@JU); para lo cual debe privilegiar el uso de las tecnologías de la información, a través de medios electrónicos, a efectos de agilizar tiempos, reducir costos y brindar transparencia en los remates judiciales.

Segundo. Que estando a lo dispuesto en el artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 30229, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2015-JUS, el Poder Judicial garantiza...

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