Resolución nº 3104-2015-MP-FN de Fiscalía de la Nación, 23 de Junio de 2015

Fecha de Resolución23 de Junio de 2015
3
10
J..f
-2015-MP-FN
Lima,
1 3
JUN.
1015
VISTO
Y
CONSIDERANDO:
Que,
mediante
Oficio
W
2053-2015-MP-PJFS-DJ-ANCASH
de
fecha
09
de
junio
de
2015,
la
Presidenta
de
la
Junta
de
Fiscales
Superiores
de
Ancash,
eleva
la
solicitud
presentada
por
el
doctor
MODESTO
FLAVIO
FLORES
NOlASCO,
Fiscal
Adjunto
Provincial
de
la
Segunda
Fiscalía
Provincial
Penal
Corporativa
de
Yungay,
mediante
la
cual
solicita
se
le
conceda
licencia
con
goce
de
remuneraciones,
para
participar
en
la
Conferencia
"Los
Medios
Impugnatorios
en
el
Proceso
Civil";
organizado
por
la
Academia
de
la
Magistratura,
el
cual
se
llevó
a
cabo
el
09
de
junio
de
2015,
en
la
ciudad
de
Trujillo;
Que,
la
actividad
formaciona!
antes
señalada,
en
la
que
solicita
participar
el
señor
Fiscal,
forma
parte
de
la
preparación
que
se
requiere
por
mandato
legal
para
ejercer
la
carrera
de
la
magistratura
y
obtener
el
ascenso
de
ser
el
caso,
por
lo
que
es
necesario
otorgar
licencia
con
goce
de
haber
al
citado
fiscal,
conforme
a
lo
dispuesto
en
el
artículo
21
0
del
Decreto
Legislativo
W
052,
Ley
Orgánica
del
Ministerio
Público,
y
en
el
literal
a)
del
artículo
110
0
del
Decreto
Supremo
W
005-90-PCM,
"Reglamento
de
la
Ley
de
Bases
de
la
Carrera
Administrativa
y
de
Remuneraciones
del
Sector
Público·;
Con
el
visto
de
la
Gerencia
Central
de
la
Escuela
del
Ministerio
Público
"Dr.
Gonzalo
Ortiz
de
Zevallos
Roedel";
y,
en
uso
de
las
atribuciones
conferidas
por
el
artículo
64°
del
Decreto
Legislativo
052,
"Ley
Orgánica
del
Ministerio
Público";
SE
RESUELVE:
ARTíCULO
PRIMERO.-
AUTORIZAR
en
vía
de
regularización
la
participación
del
doctor
MODESTO
FLAVIO
FLORES
NOlASCO
Fiscal
Adjunto
Provincial
de
la
Segunda
Fiscalía
Provincial
Penal
Corporativa
de
Yungay,
en
la
Conferencia
"los
Medios
Impugnatorios
en
el
Proceso
Civil";
organizado
por
la
Academia
de
la
Magistratura,
el
cual
se
llevó
a
cabo
el
09
de de
junio
de
2015,
en
la
ciudad
de
Trujillo,
CONCEDIÉNDOSE
licencia
con
goce
de
haber
09
de
junio
de
2015.
ARTíCULO
SEGUNDO.-
ENCARGAR
a
la
Presidencia
de
la
Junta
de
Fiscales
Superiores
del
Distrito
Fiscal
de
Ancash,
adoptar
las
medidas
respectivas
a
fín
de
no
interferir
con
el
normal
funcionamiento
del
despacho
antes
mencionado,
en
cumplimiento
de
lo
autorizado
en
el
artículo
primero
de
la
presente
resolución.
ARTíCULO
TERCERO.-
El
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
la
presente
resolución
no
irrogará
gasto
alguno
al
presupuesto
institucional
del
Ministerio
Público.

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