RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 834-2016 MTC/01.02, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia, en comisión de servicios-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 834-2016 MTC/01.02

Fecha de publicación22 Octubre 2016
Fecha de disposición17 Octubre 2016
MateriaDerecho Procesal

Lima, 17 de octubre de 2016

VISTOS:

La solicitud de la empresa VIVA AIRLINES PERÚ S.A.C., mediante Carta S/N recibida el 14 de setiembre de 2016, el Informe N° 388-2016-MTC/12.07 de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 461-2016-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en el numeral 10.1 del artículo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;

Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;

Que, la empresa VIVA AIRLINES PERÚ S.A.C., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para la inspección técnica a sus aeronaves, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 10 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias;

Que, asimismo, la empresa VIVA AIRLINES PERÚ S.A.C., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento...

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