RESOLUCION SUPREMA, Nº 037-2016-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Autorizan viaje de Viceministro de Gestión Institucional a Ecuador, en comisión de servicios-RESOLUCION SUPREMA-Nº 037-2016-MINEDU

Fecha de disposición06 Octubre 2016
Fecha de publicación06 Octubre 2016
600875
NORMAS LEGALES
Jueves 6 de octubre de 2016
El Peruano
/
para la situación descrita en la parte considerativa de la
presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
INGRESOS En Soles
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 3 :RecursosporOperacionesOciales
de Crédito 637 357,00
---------------
TOTAL INGRESOS 637 357,00
=========
GASTOS
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 006: InstitutoNacionaldeDefensaCivil
UNIDADEJECUTORA 001 :INDECI-InstitutoNacionalde
  DefensaCivil
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000502 : AtencióndeDesastresyApoyoala
  RehabilitaciónyalaReconstrucción
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 3 :RecursosporOperacionesOciales
de Crédito
GASTOS DE CAPITAL
2.4.DonacionesyTransferencias 637357,00
---------------
TOTAL EGRESOS 637 357,00
=========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El titular del pliego habilitado en el presente
Crédito Suplementario, aprueba, mediante Resolución, la
desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23
del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
2.2 La Ocina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General
de Presupuesto Público las codicaciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Ocina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad
Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas
para Modicación Presupuestaria” que se requieran,
como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos del Crédito Suplementario a que hace
referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a nes
distintos para los cuales son autorizados.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día
del mes de octubre del año dos mil dieciséis.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
Ministro de Defensa
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
1437955-1
EDUCACION
Autorizan viaje de Viceministro de Gestión
Institucional a Ecuador, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 037-2016-MINEDU
Lima, 5 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante OF. RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/136
c/a, el Ministro de Relaciones Exteriores comunica al
Ministro de Educación, la realización del Encuentro
Presidencial y X Gabinete Binacional de Ministros del
Perú y Ecuador, que se desarrollarán el 07 de octubre
de 2016, en la ciudad de Macas, provincia de Morona
Santiago, República de Ecuador;
Que, el Encuentro Presidencial y el X Gabinete
Binacional de Ministros del Perú y Ecuador constituyen un
mecanismo de coordinación político – diplomático del más
alto nivel que ha dado un impulso signicativo a la relación
bilateral con la República de Ecuador y ha permitido la
realización de proyectos en benecio de las poblaciones
de ambos países, en particular de las que habitan en la
zona de integración fronteriza. En esta oportunidad se
evaluarán los avances alcanzados en el cumplimiento
de los compromisos asumidos en la Declaración de Jaén
suscrita por ambos países el 18 de diciembre de 2015;
asimismo, se formularán nuevos compromisos con el
propósito de profundizar la integración e impulsar la
agenda común entre ambos países;
Que, mediante el Informe N° 162-2016-MINEDU/
SG-OGCI la Jefa de la Ocina General de Cooperación
y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría
General del Ministerio de Educación, señala que resulta
relevante la participación del señor JUAN PABLO SILVA
MACHER, Viceministro de Gestión Institucional del
Ministerio de Educación en los referidos eventos, dado los
contenidos de los acuerdos adoptados en la Declaración
de Jaén, así como, de aquellos que se han incluido para
la negociación en esta versión del Gabinete Binacional;
Que, por lo expuesto y siendo de interés para la
institución, resulta necesario autorizar el viaje del señor
JUAN PABLO SILVA MACHER, Viceministro de Gestión
Institucional del Ministerio de Educación, cuyo traslado
será realizado en avión de la Fuerza Aérea del Perú;
mientras que los gastos por conceptos de viáticos
serán asumidos con cargo al Pliego 010: Ministerio de
Educación, Unidad Ejecutora: 024;
Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y
representantes del Estado con cargo a recursos públicos,
establece que el requerimiento de excepciones adicionales
a las señaladas en los literales del citado numeral, para
el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá
canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de
Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la
misma que es publicada en el Diario Ocial El Peruano;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modicada por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba
normas reglamentarias sobre autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus
modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor
JUAN PABLO SILVA MACHER, Viceministro de Gestión

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