RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 575-2016-P-CSJLI-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Disponen forma de completar órganos jurisdiccionales cuando a sus respectivos jueces se les otorgue licencia por vacaciones, capacitación, enfermedad, duelo, cualquier otra causa atendible o se encuentren impedidos de atender su despacho por alguna causa temporal, por un período que no supere los 07 días calendarios, o, en caso de inhibición o recusación-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 575-2016-P-CSJLI-PJ

Fecha de disposición19 Septiembre 2016
Fecha de publicación04 Octubre 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Presidencia

Lima, 19 de setiembre de 2016

VISTAS:

La Resolución Administrativa Nº 347-2015-CE-PJ, de fecha 24 de noviembre de 2015, la Resolución Administrativa Nº 131-2016-CE-PJ, de fecha 27 de mayo de 2016; y, la Resolución Administrativa Nº 172-2016-CE-PJ, de fecha 06 de julio de 2016.

CONSIDERANDO:

Primero.- Que, a través de la Resolución Administrativa Nº 347-2015-CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la conversión de diversos órganos jurisdiccionales en órganos jurisdiccionales de Proceso Inmediato para los delitos de Flagrancia, Omisión a la asistencia familiar y Conducción en estado de ebriedad o drogadicción; en el caso del Distrito Judicial de Lima, se convirtieron Juzgados Penales con Reos en Cárcel en el 3º, 4º y 5º Juzgado de Investigación Preparatoria, y en el 5º y 6º Juzgado Penal Unipersonal.

Segundo.- Que, a través de la Resolución Administrativa Nº 131-2016-CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, a partir del 01 de julio de 2016, la conversión de diversos órganos jurisdiccionales en la 3º Sala Penal de Apelaciones, el 6º Juzgado de Investigación Preparatoria y el 7º, 8º y 9º Juzgado Penal Unipersonal, entre otras medidas administrativas para la implementación del Decreto Legislativo Nº 1194.

Tercero.- Que, mediante Resolución Administrativa Nº 172-2016-CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial modificó la denominación y competencia territorial del 5º y 6º Juzgado de Investigación Preparatoria en Juzgado de Investigación Preparatoria de Flagrancia, Omisión a la asistencia familiar y Conducción en estado de ebriedad o drogadicción de los Distritos de Surquillo y Santiago de Surco, respectivamente; y el 9º Juzgado Penal Unipersonal en Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia, Omisión a la asistencia familiar y Conducción en estado de ebriedad o drogadicción del Distrito de Santiago de Surco.

Cuarto.-...

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