RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 099-2016/APCI-DE, ORGANISMOS EJECUTORES, AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL - Modifican la Directiva “Procedimiento Sancionador para las personas jurídicas sin fines de lucro que se encuentren bajo el ámbito de aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 099-2016/APCI-DE

EmisorAGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2016

Lima, 13 de setiembre de 2016

VISTO:

El Informe Técnico N° 001-2016/APCI-CIS-ST del 29 de agosto de 2016, mediante el cual se solicita la modificación de la Directiva “Procedimiento sancionador para las personas jurídicas sin fines de lucro que se encuentren bajo el ámbito de aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”, aprobada por Resolución Directoral Ejecutiva N° 125-2015/APCI-DE del 03 de setiembre de 2015, y publicada en el diario oficial El Peruano el 27 de mayo de 2016; con las opiniones favorables de la Oficina General de Administración, contenida en el Memorándum N° 591-2016-APCI/OGA del 05 de setiembre de 2016, y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, contenida en Memorándum N° 440-2016-APCI/DE-OPP del 07 de setiembre de 2016.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 125-2015/APCI-DE de fecha 03 de setiembre de 2015, se aprobó la Directiva “Procedimiento Sancionador para las personas jurídicas sin fines de lucro que se encuentren bajo el ámbito de aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”;

Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperación técnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado en función de la política nacional de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la APCI - Ley Nº 27692 y sus modificatorias;

Que, es una de las funciones de la APCI, conducir y actualizar el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y el Registro de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX) según lo establecido en el literal m) del artículo 4 de la Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias. Asimismo, es función del Director Ejecutivo de la APCI, expedir las resoluciones que sean necesarias para la buena marcha de la Agencia, conforme lo previsto en el literal i) del artículo 10...

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