RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 098-2016-BNP, ORGANISMOS EJECUTORES, BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU - Dan por concluida designación y designan Director de Programa Sectorial III de la Dirección General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Públicas-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 098-2016-BNP

Fecha de publicación23 Agosto 2016
Fecha de disposición22 Agosto 2016

Lima, 22 de agosto de 2016

El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del

Perú,

VISTOS, el Informe N° 36-2016-BNP/DT-SNB, de fecha 10 de agosto de 2016, emitido por la Dirección Técnica del Sistema Nacional de Bibliotecas; proveído de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; el Informe N° 652-2016-BNP/OA/APER, de fecha 16 de agosto de 2016, emitido por el Área de Personal de la Oficina de Administración; el Memorando N° 1183-2016-BNP/OA, de fecha 16 de agosto de 2016, emitido por la Dirección General de la Oficina de Administración; y, el Informe N° 210-2016-BNP, de fecha 19 de agosto de 2016, emitido por la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 087-2014-BNP, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 03 de junio de 2014, se designó al señor Kelvin Mitchell Tejada Ojeda como Director General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Públicas de la Biblioteca Nacional del Perú;

Que, a través del Informe N° 36-2016-BNP/DT-SNB, de fecha 10 agosto de 2016, la Dirección Técnica del Sistema Nacional de Bibliotecas propone la designación de la servidora RUTH SOLEDAD ALEJOS ARANDA, personal nombrado en el cargo de Especialista en Bibliotecología II – SPA, de la Dirección Ejecutiva de Promoción y Desarrollo de Bibliotecas Públicas del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Públicas, en el referido cargo; contándose con la autorización de la Dirección Nacional conforme al proveído de fecha 11 de agosto de 2016;

Que, el artículo 14° del Decreto Legislativo N° 276, establece que el servidor de carrera designado para desempeñar cargo político o de confianza tiene derecho a retornar a su grupo ocupacional y nivel de carrera, al concluir la designación;

Que, los artículos 76° y 77° del Reglamento de la señalada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM...

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