LEY, Nº 30495, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que modifica la Ley 28890, Ley que crea Sierra Exportadora, para ampliar su ámbito de aplicación a las zonas de la selva-LEY-Nº 30495

Fecha de disposición06 Agosto 2016
Fecha de publicación06 Agosto 2016

LEY Nº 30495

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL

CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA LEY 28890, LEY QUE CREA SIERRA EXPORTADORA, PARA AMPLIAR SU ÁMBITO DE APLICACIÓN A LAS ZONAS

DE LA SELVA

Artículo 1 Objeto de la Ley

El objeto de la presente Ley es ampliar el ámbito de ejecución de las actividades de Sierra Exportadora a las zonas de la selva, con la finalidad de constituir corredores andino-amazónicos, para generar competitividad, valor agregado, innovación y desarrollo territorial.

Artículo 2 Modificación del título de la Ley 28890, Ley que crea Sierra Exportadora

Modifícase el título de la Ley 28890, Ley que crea Sierra Exportadora, por Ley que crea Sierra y Selva Exportadora.

Artículo 3 Modificación de la denominación de Sierra Exportadora

Modifícase en la Ley 28890, Ley que crea Sierra Exportadora, toda denominación a Sierra Exportadora por Sierra y Selva Exportadora.

Artículo 4 Modificación de los artículos 1, 2, 3, 4 y 6 de la Ley 28890, Ley que crea Sierra Exportadora

Modifícanse los artículos 1, 2, 3, 4 y 6 de la Ley 28890, Ley que crea Sierra Exportadora, con los siguientes textos:

Artículo 1. Objeto de la Ley

Declárase de interés nacional la promoción, fomento y desarrollo de las actividades económicas rurales en las zonas de sierra y selva, con énfasis en la agricultura, agroindustria, ganadería, acuicultura, apicultura, artesanía, textilería, joyería, reforestación, agroforestería y turismo, así como las actividades de transformación e industrialización de productos que se obtengan en estas actividades, que permitan constituir mercados nacionales y de exportación como instrumentos de lucha contra la pobreza y de generación de empleo productivo.

Artículo 2. Creación, naturaleza y ámbito de aplicación

2.1 Créase el Organismo Público Descentralizado denominado Sierra y Selva Exportadora, su adscripción se realiza por decreto supremo.

2.2 Sierra y Selva Exportadora tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera. Constituye pliego presupuestal.

2.3 Sierra y Selva Exportadora desarrolla sus actividades en todos los departamentos que tienen zonas de sierra y selva; así mismo tiene sedes descentralizadas en los departamentos de zonas...

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