RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 174-2016-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Aprueban Directiva General "Lineamientos de política para el involucramiento de los varones en la prevención de la violencia contra las mujeres y de género"-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 174-2016-MIMP

EmisorMUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Fecha de la disposición27 de Julio de 2016

Lima, 27 de julio de 2016

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, que toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar, a la igualdad ante la ley, que nadie debe ser discriminado/a por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole, que nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes;

Que, el artículo 5 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer - CEDAW, establece que los Estados partes tomarán todas las medidas apropiadas para “Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres”;

Que, el literal b) del artículo 8 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer - Convención de Belém Do Pará, establece que los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para “modificar los patrones socioculturales de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales a nivel de todo el proceso educativo, para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitiman o exacerban la violencia contra la mujer”;

Que, el artículo 27 de la Ley Nº 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, establece, entre otros, que la protección de las mujeres y de los integrantes del grupo familiar contra actos de violencia es de interés público, siendo política del Estado la creación de servicios de atención y prevención de la misma;

Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece...

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