ORDENANZA, Nº 029-MDMP, GOBIERNOS LOCALES - Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Mi Perú-ORDENANZA-Nº 029-MDMP

EmisorGOBIERNOS LOCALES
Fecha de la disposición27 de Julio de 2016
595211
NORMAS LEGALES
Miércoles 27 de julio de 2016
El Peruano
/
Aprueban el Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del distrito de Mi Perú
ORDENANZA Nº 029-MDMP
Mi Perú, 23 de julio de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
MI PERÚ
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE MI PERÚ
VISTO:
El Informe Nº 546- 2016-MDMP/GSC, a través del
cual el Gerente de Servicios a la Ciudad, propone el
Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Mi
Perú, el Informe Nº 138- 2016/MDMP/GAJ, del Gerente
de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 1138-2016-GM,
emitido por el Gerente Municipal.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, modicado por la Ley Nº
28607, señala que las Municipalidades tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.
27972, en su artículo 73º señala entre las materias de
competencias ambientales municipal, la planicación del
desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinación
estratégica de los planes integrales de desarrollo, la
protección y conservación del ambiente; así como la
formulación, aprobación, ejecución y monitoreo de
los planes y políticas locales en materia ambiental
en concordancia con las políticas, normas y planes
regionales, sectoriales y nacionales.
Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito
de Mi Perú, garantiza la efectiva cobertura y calidad del
servicio de limpieza pública, así como sus sostenibilidad,
a través de un sistema integrado de recolección,
transformación, comercialización y disposición adecuada
de los residuos sólidos, con capacidades técnicas y
gerenciales en base a una planicación participativa
y conciencia ambiental formada en la población, sus
organizaciones y empresas con las que cuenta el distrito.
Que, la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos
Sólidos, modicada por el Decreto Legislativo Nº 1065,
establece derechos, obligaciones, atribuciones y
responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para
asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos,
sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a
los principios de minimización, prevención de riesgos
ambientales y protección de la salud y el bienestar de
la persona humana. Así mismo establece que es rol
de las municipalidades “Implementar progresivamente
programas de segregación en la fuente y recolección
selectiva de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción,
facilitando su reaprovechamiento y asegurando su
disposición nal diferenciada y técnicamente adecuada”;
además, establece que las Municipalidades deben ejecutar
programas para la formalización de los segregadores,
operadores y demás entidades que intervienen en el
manejo de los residuos sólidos.
Que, según el artículo 10º, de la anotada norma, indica
que los distritos son responsables por la prestación de
los servicios de recolección y transportes de los residuos
sólidos, y de la limpieza de vías, espacios y monumentos
públicos en su jurisdicción y deben contar con planes de
manejo de los mismos.
Que, conforme lo indica el instructivo de programa
de incentivos a la mejora de la gestión municipal del año
2016 y la guía para el cumplimiento de la Meta Nº 06
“IMPLEMENTAR UN PROGRAMA DE SEGREGACIÓN
EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE
RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS EN VIVIENDAS
URBANAS DEL DISTRITO, SEGÚN LOS PORCENTAJES
CATEGORIZADOS PARA MUNICIPALIDADES DE
CIUDADES PRINCIPALES TIPO B”, señala en el Paso
3.- Aprobación y publicación del instrumento de gestión
(PIGARS o PMRS): “Aprobar mediante ordenanza
municipal el PIGARS o PMRS, asimismo dicha ordenanza
será publicada, para lo cual se emplearán los medios
disponibles para tal n, por ejemplo: diarios locales,
página web ocial, periódico mural municipal (constancia
de publicación rmada por el Juez de Paz)”.
Que, a efectos de implementar lo señalado en los
considerandos precedentes, resulta necesario aprobar las
disposiciones que establezcan los procedimientos para el
cumplimiento de las metas y la asignación de los recursos
del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión
Municipal para el año 2016.
Que, mediante Informe Nº 546- 2016-MDMP/GSC, de
fecha 05 de julio del 2016, el Gerente de Servicios a la
Ciudad, propone el Plan de Manejo de Residuos Sólidos
del Distrito de Mi Perú.
Que, a través del Informe Nº 138- 2016/MDMP/GAJ,
de fecha 14 de julio del 2016, el Gerente de Asesoría
Jurídica, es de opinión que es indispensable la aprobación
del proyecto de ordenanza que aprueba el Plan de Manejo
de Residuos Sólidos del Distrito de Mi Perú.
Que, con Proveído Nº 1138-2016-GM, de fecha 14 de
julio de 2016, el Gerente Municipal, ordena el respectivo
trámite administrativo para la aprobación del Plan de
Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Mi Perú.
Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 40º de la
establece que mediante Ordenanza, norma de carácter
general de mayor jerarquía en la estructura normativa
municipal.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
20º incisos 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972, y con el voto UNÁNIME, el Concejo Municipal y,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO
DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE MI PERÚ
Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE MANEJO
DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE MI PERÚ,
el mismo que forma parte integrante de la presente
ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal y Gerencia de Servicios a la Ciudad, el
cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
necesarias para la correcta aplicación de la presente
ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación de la presente Ordenanza en el
Diario Ocial El Peruano.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Imagen Institucional la difusión en el Portal Institucional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR
Alcalde
1409435-2
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE MACHUPICCHU
Autorizan viaje de Alcalde, Regidores y
líderes representativos del Distrito de
Machupicchu
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 074-2016-MDM-CM
Machupicchu, 11 de julio de 2016.

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