ORDENANZA, Nº 341-2016-MDI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA - Aprueban incentivos para promover cumplimiento del Programa de Segregación en la Fuente 2016 a través de sorteos públicos a favor de los vecinos del distrito-ORDENANZA-Nº 341-2016-MDI
Fecha de publicación | 27 Julio 2016 |
Fecha de disposición | 28 Junio 2016 |
Independencia, 28 de junio de 2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE INDEPENDENCIA
VISTO; El Informe Nº 341-2016-SGLP-GGA de la Sub Gerencia de Limpieza Pública e Informe Técnico Nº052-2016-RPYL-PSF-SGLP-GGA/MDI, Informe Nº 55-2016-GGA/MDI de la Gerencia de Gestión Ambiental, Memorando Nº 529-2016-GPPR/MDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Informe Legal Nº 347-2016-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Informe Nº 214-2016-GAF/MDI de la Gerencia de Administración y Finanzas y el Memorando Nº 1795-2016-GM/GM/MDI sobre la cobertura presupuestal del Programa de Segregación en la Fuente 2016, en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2016; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 “Ley de Reforma Constitucional”, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando esta facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”;
Que, el Art. 9º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” establece en su inciso 29) que corresponde al concejo municipal aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales. Asimismo, el Art. 55º de la misma Ley establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio;
Que, en conformidad con el artículo 43º del Título VII de la Ley 27314 “Ley General de los Residuos Sólidos” que establece que “Las autoridades sectoriales y municipales establecerá condiciones favorables que directa o indirectamente generen un beneficio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento…”;
Que, en conformidad con el numeral 1) del artículo 142º del...
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