Sentencia nº 728-2016/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 24 de Junio de 2016

Fecha de Resolución24 de Junio de 2016
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente000033-2010/CCO-INDECOPI-01-3283
Presidencia
del Consejo de Ministros INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada
en
Procedimientos Concursales
RESOLUCIÓN N" 0728-2016/SCD-INDECOPI
EXPEDIENTE N" 33-20101CCD-INDECOPI-01-3283
PROCEDENCIA COMISiÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DE LA SEDE CENTRAL DEL INDECOPI
DOE RUN PERÚ S.R.L. EN LIQUIDACiÓN
CARLlTOS CHANCASANAMPA BARRIENTOS
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
FUNDICiÓN DE METALES NO FERROSOS
DEUDOR
ACREEDOR.
MATERIA
ACTIVIDAD
SUMILLA: se REVOCA la Resolución N° 3607-2015/CCO-INDECOPI del
18
de
.
mayo de 2015,
en
el extremo que declarÓ improcedente la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por el señor Carlitos
Chancasanampa Barrientos frente
a
Doe Run Perú S.R.L.
en
Liquidación,
derivados
qel
saldo de asignación familiar
y
de los reintegros de la
asignación familiar
en
las gratificaciones, la compensación por tiempo de
servicios
y
el descanso vacacional, devengados desde el 01 de enero de
2012 hasta el
24
de mayo de 2012 ydesde el 05 de julio de 2013 hasta el 23
de septiembre de 2014;
y.
reformándola, se ADMITE A TRÁMITE la referida
solicitud
y,
en
consecuencia. se DISPONE que la Comisión de
Procedimientos Concursales de la Sede Central del Indecopi emita un
pronunciamiento al respecto. teniendo en cuenta los criterios expuestos en
la presente resolución.
De otro lado, se CONFIRMA la resolución recurrida. por los fundamentos
expuestos en el presente pronunciamiento, en el extremo en el que se
declaró improcedente la solicitud de reconocimiento de créditos presentada
por el señor Carlitos Chancasanampa Barrientos frente
a
Doe Run Perú
S.R.L.
en
Liquidación. derivados del saldo de asignación familiar
y
de los
reintegros de la asignación familiar en las gratificaciones, la compensación
por tiempo de servicios
y
el descanso vacacional, devengados desde el 25
de mayo de 2012 hasta el 04 dejulio de 2013 ydesde el
24
de septiembre de
2014 hasta el30 de noviembre de 2014.
Lima, 24 de junio de 2016
1. ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 12 de enero de 2015, el señor Carlitos Chancasanampa
Barrientos
1
(en adelante, el solicitante) invocó ante la Comisión de
Procedimientos Concursales de la Sede Central dellndecopi (en adelante, la
Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Doe Run
Representado por el Sindicato Unitario de Trabajadores de la Unidad Minera Doe Run Perú S.R.L. - Cobriza
División (en adelante, Sindicato de Trabajadores de Cobriza).
M-SCO-07/01
1/14
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE
LA
COMPETENCIA Y DE
LA
PROTECCIÓN DE
LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Calle
De
la Prosa
104,
San Burja, Lima
41 -
Perú I
Telf.:
224
7800 •
e-mail: postmaster@indecopi.gob.pelWt1b:W.W.W.indecopi.gob.pe

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