DECRETO DE ALCALDIA.Nº 010-2016.Texto Único Ordenado del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina.SEPARATA ESPECIAL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2016 Texto Único Ordenado del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrit... -

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición21 de Julio de 2016
SEPARATA ESPECIAL
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 010-2016
Texto Único Ordenado del
Reglamento de Parámetros
Urbanísticos y Edi catorios, Normas
Complementarias sobre Estándares
de Calidad y Niveles Operacionales
para las Actividades Urbanas en el
Distrito de La Molina
Jueves 21 de julio de 2016
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
Jueves 21 de julio de 2016 / El Peruano
593648 NORMAS LEGALES
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 010-2016
La Molina, 18 de julio de 2016
LA TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
VISTOS: El Informe Técnico Colegiado Nº 002-2016-MDLM-GDUE/SGOPHU-SGPUC-SGLC, de las Subgerencias
de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro y Licencias Comerciales, el Informe Nº
049-2016-MDLM-GDUE, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, el Informe Nº 228-2016-MDLM-GAJ de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorando Nº 217-2016-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, mediante los cuales
se solicita la aprobación del Texto Único Ordenado del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi catorios, Normas
Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de
La Molina; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi cado por la Ley Nº 30305, Ley
de la Reforma Constitucional, y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales representan
al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y
armónico de su circunscripción;
Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la precitada norma, correspondiente a la planeación local, señala lo
siguiente: “El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades
con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las
competencias y funciones especí cas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales
y distritales.”;
Que, mediante Ordenanza Nº 1144-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobó el Reajuste Integral de
la Zoni cación de los Usos del Suelo del Distrito de La Molina, que es parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y
III de Lima Metropolitana;
Que, en el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1144-MML, se estableció que la Municipalidad Distrital de La
Molina, en estricta sujeción a los planos y normas aprobadas en dicha Ordenanza, debe formular y aprobar vía
Decreto de Alcaldía los Parámetros Urbanísticos y Edi catorios de Estacionamientos, Retiros, Tamaños mínimos de
departamentos, para su aplicación en la Jurisdicción del distrito; ello en mérito a lo dispuesto en el Artículo 42º de la
Ley Nº 27972 que dispone lo siguiente: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación
de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e ciente administración municipal
y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del
concejo municipal”;
Que, además, según la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 1144-MML, se dispuso que la
Municipalidad Distrital de La Molina formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, las Normas sobre Estándares de Calidad
y el Cuadro de Niveles Operacionales para la localización de Actividades Urbanas en el Distrito;
Que, en cumplimiento a lo señalado por la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 1144-MML
esta corporación Edil a través del Decreto de Alcaldía Nº 005-2012-MDLM, aprobó el Reglamento de Parámetros
Urbanísticos y Edi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para
las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, el mismo que fue modi cado posteriormente por los Decretos de
Alcaldía Nº 020-2012, Nº 012-2013, Nº 015-2013, Nº 026-2013, Nº 008-2014, Nº 014-2014, Nº 032-2014, Nº 045-2014,
Nº 015-2015, Nº 016-2015 y Nº 003-2016;
Que, es preciso mencionar que, mediante la Ordenanza Nº 1661-MML, se aprobó la Actualización de la
Zoni cación de los Usos del Suelo e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas, del distrito de La
Molina;
Que, los literales a) y dd) del Artículo 80º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones
de la Municipalidad de La Molina, aprobado con Decreto de Alcaldía Nº 018-2014, modi cado por la Ordenanza Nº 285,
concerniente a las funciones de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, señala lo siguiente: “Son funciones y
atribuciones de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico: (...) a) Plani car y proponer la política de desarrollo
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NORMAS LEGALES
urbano de la municipalidad, así como dirigir la elaboración del Plan Integral de Desarrollo Urbano del distrito, en
coordinación con las unidades orgánicas competentes. (...) dd) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna
de su competencia.”;
Que, teniendo en cuenta lo señalado en el párrafo anterior, y respecto al Reglamento de Parámetros
Urbanísticos y Edi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para
las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina y sus modi catorias, las Subgerencias de Obras Privadas y
Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro y Licencias Comerciales, a través del Informe Técnico
Colegiado Nº 002-2016-MDLM-GDUE/SGOPHU-SGPUC-SGLC han expresado la necesidad para que se apruebe
el Texto Único Ordenado del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi catorios, Normas Complementarias
sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, y
de este modo evitar interpretaciones erróneas al momento de su aplicación, por cuanto según se ha detallado éste
ha sufrido muchas modi caciones en el tiempo, respondiendo con ello al interés distrital de mantener un distrito
armónico, ordenado y moderno enmarcado en la visión de la población del distrito promulgada a partir del Plan de
Desarrollo Concertado 2012 – 2021;
Que, a su vez, mediante Informe Nº 049-2016-MDLM-GDUE, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico
re ere que luego de la lectura, revisión y análisis del citado proyecto, éste se encuentra conforme, rati cándolo en todos
sus extremos, procediendo a elevar los actuados a la Gerencia Municipal para que ésta disponga la prosecución del
mismo hasta su aprobación;
Que, por su parte, y puesto a consideración de la Gerencia de Asesoría Jurídica la propuesta de la Gerencia
de Desarrollo Urbano y Económico, mediante Informe Nº 228-2016-MDLM-GAJ, opina que la aprobación del T.U.O.
del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y
Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina resulta legalmente viable, recomendando
su aprobación respectiva;
Que, la Gerencia Municipal a través del Memorando Nº 217-2016-MDLM-GM, considerando los Informes técnicos y
jurídico señalados precedentemente, opina por la procedencia de la aprobación del T.U.O. del Reglamento de Parámetros
Urbanísticos y Edi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las
Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina;
Estando a los fundamentos expuestos y, en uso de las facultades conferidas en los Artículos 20º numeral 6) y 42º
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único Ordenado – T.U.O. del Reglamento de Parámetros Urbanísticos
y Edi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades
Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2012, según la propuesta
del Informe Técnico Colegiado Nº 002-2016-MDLM-GDUE/SGOPHU-SGPUC-SGLC, rati cado mediante Informe
Nº 049-2016-MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico; el cual forma parte integrante del
presente Decreto con Sesenta y Cuatro (64) Artículos, Una Disposición Transitoria y Dos (02) Anexos.
Artículo Segundo.- RATIFICAR las demás Disposiciones del Decreto de Alcaldía Nº 005-2012, y modi catorias.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, a la Subgerencia de Obras
Privadas y Habilitaciones Urbanas, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, a la Subgerencia de Licencias
Comerciales, así como a la Gerencia de Tecnologías de Información y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen
Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y
atribuciones.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía y
su anexo en el Diario O cial “El Peruano”; y a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación correspondiente
en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en
el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
CARLA IVONNE BIANCHI DIMINICH
Teniente Alcaldesa
Encargada del Despacho de Alcaldía

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