ORDENANZA, Nº 292-MDPP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA - Aprueban la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito-ORDENANZA-Nº 292-MDPP

Fecha de disposición15 Julio 2016
Fecha de publicación15 Julio 2016
593117
NORMAS LEGALES
Viernes 15 de julio de 2016
El Peruano
/
municipalidades distritales, las de promover el servicio de
limpieza pública determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios y regular y controlar el aseo,
higiene y salubridad en los establecimientos comerciales,
industriales, viviendas, escuelas, piscina, playas y otros
lugares públicos locales;
Que, asimismo, de acuerdo a los numerales 4,1) y
4,5) del artículo 80º de la Ley Nº 27972, son funciones
especícas compartidas de las municipalidades distritales,
administrar y reglamentar directamente o por concesión
el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe,
limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, cuando
esté en capacidad de hacerlo; asimismo, de realizar
campañas locales sobre medicina preventiva, primeros
auxilios, educación sanitaria y prolaxis;
Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS)
para el distrito de Lurín ha sido elaborado por la Sub
Gerencia de Medio Ambiente, el cual establece las
condiciones para una adecuada gestión y manejo de
los residuos sólidos en todo el ámbito distrital desde la
generación hasta su disposición nal, asegurando una
eciente y ecaz prestación de los servicios y actividades;
Que, la presente Ordenanza tiene por objeto la
actualización de información del Plan de Manejo de
Residuos Sólidos aprobado en el año 2013, a n de
incluir los resultados de la caracterización de residuos
sólidos realizada en el año 2016, motivo por el cual se
hace necesaria la actualización del Plan de Manejo de
Residuos Sólidos;
Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo
40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,
el Concejo Municipal aprobó por unanimidad lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO
DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE LURÍN
Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de
Residuos Sólidos - PMRS, de Lurín, que como anexo
forma parte de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER el cumplimiento
obligatorio de la presente Ordenanza a todas las Unidades
orgánicas competentes, las mismas que deberán
colaborar para cumplir con los objetivos y metas trazadas
en el Plan de Manejo de Residuos Sólidos aprobado.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental y a la Sub
Gerencia de Medio Ambiente el cumplimiento del Plan de
Manejo de Residuos Sólidos de Lurín aprobado según el
artículo primero de la presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General la
Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ocial
El Peruano y en el Portal de Transparencia Institucional
de la Municipalidad de Lurín (www.munilurin.gob.pe).
Artículo Quinto.- DEROGAR la Ordenanza Nº 265/
ML, y cualquier normativa que se oponga a lo dispuesto
en la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSE E. ARAKAKI NAKAMINE
Alcalde
1404157-1
MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Aprueban la actualización del Plan de
Manejo de Residuos Sólidos del distrito
ORDENANZA Nº 292-MDPP
Puente Piedra, 6 de julio del 2016
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUENTE PIEDRA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha;
06 de Julio del 2016, el Proyecto de Ordenanza del Plan
de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Puente
Piedra 2016 -2018, estando con el Memorándum Nº
336-2016- GGA/MDPP de la Gerencia de Gestión
Ambiental; el Informe Legal Nº 178-2016-GAJ/MDPP
de la Gerencia de Asesoría jurídica; y,
CONSIDERANDO
27972 en el Artículo 73º señala entre las materias
de competencia ambiental municipal, la planicación
del desarrollo local, ordenamiento territorial y la
coordinación estratégica de los planes integrales de
desarrollo distrital, la protección y conservación del
ambiente, así como la formación, aprobación, ejecución
y monitoreo de los planes y políticas locales en materia
ambiental en concordancia con las políticas, normas y
planes regionales, sectoriales y nacionales:
Que, la Ley. General de Residuos Sólidos Ley
Nº 27314 establece en el Artículo 9º inciso 1 señala:
Planicar la gestión integral de los residuos sólidos en
el ámbito de su jurisdicción, compatibilizando los planes
de manejo de residuos sólidos de sus distritos y centros
poblados menores, con las políticas de desarrollo local
y regional;
Que, asimismo el Decreto legislativo Nº1065 que
modica la Ley Nº27314 Ley General de Residuos
Sólidos en el Artículo 10º del Rol de las Municipalidades
en su inciso 2 señala: Regular y scalizar el manejo y
la prestación de los servicios de residuos sólidos en su
jurisdicción;
Que, el Artículo 6 de la Ordenanza Nº 295/MML
“Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos”
señala que la aprobación del Plan Metropolitano y de
105 Planes Distritales de Gestión de Residuos Sólidos
se hará mediante Ordenanza que para tal efecto
expedirá el Concejo Metropolitano o Distrital respectivo;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el numeral 8 del Artículo 9 de la Ley
UNÁNIME del Concejo Municipal con la dispensa de la
lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente;
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN
DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL
DISTRITO DE PUENTE PIEDRA
Artículo Primero.- Aprobar la Actualización del Plan
de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Puente
Piedra, el cual forma parte integrante de la presente
Ordenanza, los mismos que deberán publicarse en su
integridad en la página web: www.munipuentepiedra.
gob.pe. Asimismo la presente Ordenanza se publicara
en el Diario Ocial El Peruano.
Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento
y presupuesto, Gerencia de Participación Vecinal,
Gerencia de Desarrollo Económico, Subgerencia de
Fiscalización, Subgerencia de Limpieza Pública y
Subgerencia de Recaudación Registro y Orientación
Tributaria.
Artículo Tercero.- Encargar la difusión de la
presente Ordenanza a la Gerencia de Participación
Vecinal y Subgerencia de Comunicaciones e Imagen
Institucional y a la Secretaria General su publicación
conforme a ley.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MILTON F. JIMENEZ SALAZAR
Alcalde
1404381-1

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