ORDENANZA, Nº 475/MC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE COMAS - Regulan el Manejo Ambiental sostenible de aceites, lubricantes industriales usados y aceites vegetales usados en el distrito-ORDENANZA-Nº 475/MC

EmisorMUNICIPALIDAD DE COMAS
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2016
590699
NORMAS LEGALES
Viernes 24 de junio de 2016
El Peruano
/
en un 42% de las Viviendas Urbanas del Distrito de
Carabayllo para los meses de Enero a Junio del 2016; por
el monto de S/. 210,900.00, el cual será presupuestado de
acuerdo al siguiente detalle:
Fuente
Financiamiento Recursos Determinados
Rubro 08
Meta
Presupuestal 03
Clasicadores
23.199.199 - OTROS BIENES Monto: S/. 87,600.00
23.22.44 – SERVICIOS DE
IMPRESIONES Monto: S/. 12,800.00
23.24.13 - SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DE VEHICULOS Monto: S/. 1,200.00
23.24.15 - SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DE
MAQUINARIA
Monto: S/. 1,400.00
23.25.11 – ALQUILER DE
EDIFICIOS Y ESTRUCTURAS Monto: S/. 5,000.00
23.27.1199 – SERVICIOS
DIVERSOS Monto: S/. 102,900.00
Monto Total S/. 210,900.00
se aprueban los procedimientos para el cumplimiento
de las metas y asignación de los recursos del programa
de incentivos a la mejora de la gestión municipal del
año 2016; Art. 4.- para el cumplimiento de la Meta
02, la entidad responsable de brindar orientación y
acompañamiento técnico es el Ministerio del Ambiente
(MINAM) a través del Área de Gestión Integral de
Residuos Sólidos de la Dirección General de la Calidad
Ambiental (DGCA), utilizando los criterios establecidos
en el presente Instructivo y Guía Para el Cumplimiento
de la Meta 02. Tal como se detalla en su Anexo Nº 23
Categorización Para las Ciudades Principales Tipo “A”,
asignándose el 42% de porcentaje requerido al Distrito
de Carabayllo;
Que, con Resolución de Gerencia Nº
002-2016-GSCMA/MDC, de fecha 03 de marzo de 2016,
la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente
DESIGNA la Conformación del Equipo Técnico para el
proceso de implementación del programa de segregación
en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos
domiciliarios al 42% de viviendas a nivel del Distrito
de Carabayllo, el mismo que fue aprobado mediante,
conformado con profesionales del área responsable.
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 155-2016-A/MDC,
de fecha 17 de marzo de 2016, la Gerencia de Servicios a
la Ciudad y Medio Ambiente, reconoce al coordinador del
Programa de Incentivos, para que pueda consolidar con el
equipo técnico el programa de implementación y desarrolle
los mecanismos y estrategias para el cumplimiento de las
metas establecidas en el marco del instructivo del MINAM;
Que, mediante el Informe Nº 240-2016-SGMA/
GSCMA/MDC, de fecha 25 de mayo de 2016, la Sub
Gerencia de Medio Ambiente, REMITE Reporte de
Avance, Para el Cumplimiento de la Meta 02, según el
documento de referencia Memorándum Circular Nº 0027-
2016-GAT/MDC;
Que, mediante el Informe Nº 259-2016-SGMA/
GSCMA/MDC, la Sub Gerencia de Medio Ambiente,
Remite referente a la Implementación del Programa de
Segregación en la Fuente de Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios en un 42% de Viviendas
Urbanas del Distrito de Carabayllo; por lo que Solicita
sírvase derivar a quien corresponda a n de lograr la
Publicación del decreto de Alcaldía para la implementación
del programa en cumplimiento de la Meta 02 Programa de
Incentivos 2016;
Que, estando a lo expuesto líneas arriba y en virtud a
lo dispuesto en el numeral 6) del Artículo 20 de la Ley Nº
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR la Implementación de
un Programa de Segregación en la Fuente de Residuos
Sólidos Domiciliarios en un 42% de las Viviendas Urbanas
del Distrito de Carabayllo, el mismo que en Anexo forma
parte del Presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y
Cooperación Internacional y la Gerencia de Servicios a
la Ciudad y Medio Ambiente para la Implementación de
la Meta Nº 02 del plan de Incentivos a la Mejora de la
Gestión y modernización Municipal correspondiente al
presente año, en cumplimiento de los instructivos del
MINAM.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria
General para la Publicación del presente Decreto de
Alcaldía en el Diario Ocial El Peruano y a la Ocina de
Informática la publicación en la Página Web de la entidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA
Alcalde
1395711-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Regulan el Manejo Ambiental sostenible de
aceites, lubricantes industriales usados y
aceites vegetales usados en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 475/MC
Comas, 8 de junio del 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha;
VISTO:
El Dictamen de la Comisión Permanente de Regidores
de la Comisión de Servicios a la Ciudad, Gestión
Ambiental y Salud; el Informe Nº 74-2016-GSCGA-GM-
MC de fecha 05 de Mayo del 2016, emitido por la Gerencia
de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental; el Informe
Nº 238-2016-GAJ-MDC de fecha 16 de Mayo del 2016,
emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, respecto al
Proyecto de Ordenanza que aprueba El Manejo Ambiental
Sostenible de Aceites y Lubricantes Industriales Usados
y Aceites Vegetales Usados, en el Distrito de Comas, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en el Título I,
de la Persona y Sociedad; Capítulo I, en lo referente a los
Derechos Fundamentales de la Persona, en su Artículo 2º
Numeral 22), dispone: “Toda persona tiene derecho: (….)
A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al
descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado
y adecuado al desarrollo de su vida”; asimismo, el Título
III, del Régimen Económico, Capítulo II, del Ambiente
y los Recursos Naturales, Artículo 68º, referido a la
conservación de la biodiversidad biológica y áreas
naturales protegidas, señala:“El estado está obligado a
promover la conservación de la diversidad biológica y las
áreas naturales protegidas”;
dene el entorno o ambiente como un conjunto de
elementos físicos, químicos y biológicos de origen natural
o antropogénico, que en forma individual o asociada
conforman el medio en la que se desarrolla la vida, siendo
los factores que aseguran la salud individual y colectiva
de las personas así como de la conservación de los
recursos naturales, la diversidad biológica y el patrimonio
cultural asociado a ellos, entre otros. Asimismo,el Artículo
59º Numeral 1) del mismo cuerpo legal, en lo referente al

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