RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 132-2016-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para el año fiscal 2016, a favor de la CONABI-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 132-2016-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición20 de Junio de 2016

Lima, 20 de junio de 2016

VISTO: El Informe 139-2016-PCM/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 0182-2016-PCM/CONABI-P de la Presidenta del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI) y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2016;

Que, con Resolución Ministerial Nº294-2015-PCM, de fecha 28 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2016, de conformidad con la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1104, que modifica la legislación sobre Pérdida de Dominio, crea la Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI), adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de la recepción, registro, calificación, custodia, seguridad, conservación, administración, arrendamiento, asignación en uso temporal o definitiva y venta en subasta pública, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado;

Que, la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, crea la Unidad Ejecutora “Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI)” en el Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo al presupuesto institucional de dicha entidad; asimismo, dispone que a partir de la vigencia de la indicada Ley, los recursos provenientes de la enajenación de activos y otros por pérdida de dominio en el marco del Decreto Legislativo Nº 1104, constituyen Recursos Determinados del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros y se incorporan en el presupuesto institucional de dicho Pliego en la Unidad Ejecutora Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI);

Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 069-2013-PCM, que establece disposiciones relativas a la distribución del producto de la subasta realizada sobre bienes decomisados, declarados en pérdida de dominio o incautados, señala que luego de realizadas las acciones descritas en los artículos 1, 2 y 3 del citado Decreto, y en la eventualidad de existir excedentes de recursos, el Consejo Directivo de la CONABI podrá disponer su distribución entre las siguientes entidades vinculadas a la lucha contra el crimen organizado, corrupción y minería ilegal, según se describe: 25% para el Poder Judicial, 25% para el Ministerio Público, 25% para la Policía Nacional del Perú y 25% para las procuradurías públicas;

Que, mediante Memorándum Nº 0182-2016-PCM/CONABI-P, la Presidenta del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI) remite el Informe Nº 050-2016-PCM/CONABI-PPT, mediante el cual sustenta la incorporación de saldos de balance 2015 en su presupuesto institucional por el monto de UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 1...

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