RESOLUCION, Nº 310-PE-ESSALUD-2016, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Modifican el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD-RESOLUCION-Nº 310-PE-ESSALUD-2016
Fecha de publicación | 21 Junio 2016 |
Fecha de disposición | 17 Junio 2016 |
590188 NORMAS LEGALES Martes 21 de junio de 2016 /
El Peruano
Modifican el Texto Actualizado y
Concordado del Reglamento de
Organización y Funciones de ESSALUD
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 310-PE-ESSALUD-2016
Lima, 17 de junio de 2016
VISTOS:
La Carta Nº 898-GCPD-ESSALUD-2016 y el
Informe Técnico Nº 058-GOP-GCPD-ESSALUD-2016
de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, la
Carta Nº 1403-GCAJ-ESSALUD-2016 y el Informe Nº
270-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central
de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2012-TR,
se declaró en reorganización el Seguro Social de Salud
– ESSALUD a n de garantizar la efectiva prestación de
los servicios que brinda a los asegurados, así como la
intangibilidad de sus recursos en el marco del derecho a
la seguridad social de salud y los principios de solidaridad,
transparencia, participación y eciencia;
Que, en el numeral 2.4 del artículo 2º del citado
Decreto Supremo, se señaló que ESSALUD realizará las
acciones necesarias, teniendo en cuenta lo establecido
en los numerales precedentes, con el n de fortalecer
sus procedimientos internos, su estructura orgánica y
funcional, e instrumentos de gestión;
Que, con el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM
se aprobaron los lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones
–ROF por parte de las entidades de la Administración
Pública; en cuyo literal a) del artículo 3º se señalan las
entidades que se sujetan a lo dispuesto en la citada
norma, entre las cuales se menciona a los Organismos
Públicos Descentralizados u otros Organismos Públicos
con calidad de pliego presupuestal adscritos a la
Presidencia del Consejo de Ministros o a los Ministerios,
con independencia de la denominación formal que las
normas les reconozcan;
Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
656-PE-ESSALUD-2014, de fecha 31 de diciembre
de 2014, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Social de Salud –ESSALUD, en el marco de lo dispuesto
por el Decreto Supremo Nº 016-2012-TR que declaró en
reorganización el Seguro Social de Salud –ESSALUD,
los que fueron modicados por las Resoluciones de
Presidencia Ejecutiva Nro. 152, 222, 226, 601 y 767-PE-
ESSALUD-2015, aprobándose, mediante esta última
Resolución de Presidencia Ejecutiva el Texto Actualizado
y Concordado del Reglamento de Organización y
Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD;
Que, asimismo, por Resolución de Presidencia
Ejecutiva Nº 141-PE-ESSALUD-2016, de fecha 03 de
marzo de 2016, se modicó la Estructura Orgánica y
el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de
Organización y Funciones del ESSALUD, aprobados
por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-
ESSALUD-2015, incorporándose el cambio de
denominación de la Ocina de Gestión de la Calidad por
Ocina de Gestión de la Calidad y Humanización;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 116-PE-ESSALUD-2008, de fecha 26 de febrero
de 2008, y modicatoria, Resolución de Presidencia
Ejecutiva Nº 063-PE-ESSALUD-2008, se aprobó las
Estructuras Orgánicas y los Reglamentos de Organización
y Funciones de las Redes Asistenciales Tipo “B” con
Hospital Base de nivel III (Ancash, Piura, Puno y Juliaca),
y de las Redes Asistenciales Tipo “C” con Hospital Base
de nivel III (Loreto y Tacna);
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
210-PE-ESSALUD-2008, de fecha 06 de mayo de 2008,
y modicatoria, Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
012-PE-ESSALUD-2008, se aprobó las Estructuras
Orgánicas y los Reglamentos de Organización y Funciones
de las Redes Asistenciales Tipo “C” con Hospital Base
de nivel I (Amazonas, Tumbes, Moyobamba y Madre de
Dios), y de las Redes Asistenciales Tipo “C” con Hospital
Base de nivel II (Huánuco, Pasco, Moquegua, Cajamarca,
Ayacucho, Tarapoto, Apurímac, Huancavelica y Ucayali);
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 368-PE-ESSALUD-2010, de fecha 23 de agosto de
2010, se aprobaron las Estructuras Orgánicas de las
Redes Asistenciales Cusco, Lambayeque y Arequipa;
las Micro Estructuras de los Hospitales Base “Adolfo
Guevara Velasco”, “Almanzor Aguinaga Asenjo” y “Carlos
Seguín Escobedo” y los Reglamentos de Organización
y Funciones de las citadas Redes Asistenciales,
respectivamente;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
373-PE-ESSALUD-2010, de fecha 26 de agosto de 2010,
y modicatorias, Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 018-PE-ESSALUD-2011, Resolución de Presidencia
Ejecutiva Nº 316-PE-ESSALUD-2011 y Resolución de
Presidencia Ejecutiva Nº 368-PE-ESSALUD-2014, se
aprobaron las Estructuras Orgánicas de la Red Asistencial
La Libertad y Junín; las Micro Estructuras de los Hospitales
Base “Víctor Lazarte Echegaray” y “Ramiro Prialé Prialé”
y los Reglamentos de Organización y Funciones de las
citadas Redes Asistenciales, respectivamente;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 517-PE-ESSALUD-2011, de fecha 15 de julio de 2011,
se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de
Organización y Funciones de la Red Asistencial Ica y de
su Hospital Base “Augusto Hernández Mendoza”;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 023-PE-ESSALUD-2010, de fecha 15 de enero de
2010, se dispuso el cambio de denominación de la
Ocina de Coordinación de Prestaciones por Ocina de
Coordinación de Prestaciones y Atención Primaria en las
Redes Asistenciales Tipo A y B (Lambayeque, Arequipa,
Cusco, La Libertad, Junín, Ancash, Piura, Puno, Juliaca
e Ica); asimismo, se aprobó la creación de la indicada
ocina en las Redes Asistenciales Tipo C (Tacna,
Loreto, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica,
Huánuco, Moquegua, Pasco, Tarapoto, Ucayali, Madre de
Dios, Tumbes, Amazonas y Moyobamba);
Que, de acuerdo al literal i) del artículo 36º del
Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de
Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado
por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-
ESSALUD-2014 y modicatorias, la Gerencia Central de
Planeamiento y Desarrollo tiene la función de formular,
actualizar, evaluar y proponer, entre otros, el Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) de ESSALUD y de
los órganos desconcentrados;
Que, asimismo, en los literales d) y h) del artículo 45º
del citado Texto Actualizado se establece que la Gerencia
de Organización y Procesos de la Gerencia Central de
Planeamiento y Desarrollo tiene como función, entre
otras, evaluar y emitir opinión técnica respecto a los
requerimientos de modicación de la estructura, funciones
y procesos propuestos por los órganos centrales y
desconcentrados, así como de las directivas formuladas
por los órganos centrales, en el ámbito de sus funciones,
así como proponer los cambios organizacionales y
normativos que permitan una optimización y exibilización
de la estructura orgánica de la Institución, así como los
documentos de gestión institucional, que correspondan al
ámbito de su competencia;
Que, con la Carta de Vistos la Gerencia Central de
Planeamiento y Desarrollo remite el Informe Técnico
Nº 058-GOP-GCPD-ESSALUD-2016, elaborado por
la Gerencia de Organización y Procesos, que señala
que en virtud a la Sexta Disposición Complementaria y
Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1158 se ha emitido
el Decreto Supremo Nº 010-2016-SA, que establece
Disposiciones para las Instituciones Administradoras
de Fondos de Aseguramiento en Salud Públicas –
IAFAS Públicas. En el artículo 5º de las Disposiciones
antes mencionadas se señala que las IAFAS públicas
prexistentes a dicha norma deben adecuar su nalidad
u objeto conforme a lo señalado a través del instrumento
correspondiente;
Que, en el citado informe se sustenta la propuesta de
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