LEY, Nº 30458, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales-LEY-Nº 30458

Fecha de disposición15 Junio 2016
Fecha de publicación15 Junio 2016
589515
NORMAS LEGALES
Miércoles 15 de junio de 2016
El Peruano
/
El límite se inicia en la desembocadura del río Pincos
en el río Pampas, en el punto de coordenadas UTM
690 897 m E y 8 509 467 m N; continúa por el thalweg
del río Pampas por las siguientes coordenadas: UTM
685 895 m E y 8 511 930 m N; UTM 681 298 m E y
8 511 674 m N; UTM 676 584 m E y 8 511 363 m N;
UTM 672 781 m E y 8 513 116 m N; UTM 666 562 m E
y 8 514 345 m N; UTM 664 460 m E y 8 514 653 m N;
thalweg del río Pampas.
POR EL SUROESTE
Limita con los distritos de Ocobamba y Ongoy, provincia
de Chincheros del departamento de Apurímac.
El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM
664 460 m E y 8 514 653 m N; thalweg del río
Pampas, el límite continúa en dirección noroeste por
el río Pampas hasta el punto de coordenadas UTM
663 045 m E y 8 518 154 m N; prosigue el límite
hasta la desembocadura de la quebrada Orunilla, en
el punto de coordenadas UTM 660 258 m E y 8 522
492 m N.
POR EL OESTE Y NOROESTE
Limita con el distrito de Chungui, provincia de La Mar
del departamento de Ayacucho.
El límite se inicia en la desembocadura de la
quebrada Orunilla, en el punto de coordenadas UTM
660 258 m E y 8 522 492 m N; el límite continúa en
dirección norte por el thalweg del río Cunayhuamayo
en el punto de las coordenadas UTM 661 113 m E
y 8 524 551 m N; UTM 662 274 m E y 8 525 615
m N; continúa en dirección norte hasta alcanzar la
cota de 3475 m s.n.m., en el punto de coordenadas
UTM 663 304 m E y 8 529 123 m N; sigue el límite
en dirección norte hasta el punto de coordenadas
UTM 663 367 m E y 8 531 877 m N; de este punto el
límite cambia en dirección suroeste hasta alcanzar
el punto de coordenadas UTM 661 802 m E y 8 530
512 m N; continúa en dirección noroeste por las
estribaciones del cerro Huincho Punta en el punto
de coordenadas UTM 660 333 m E y 8 532 943 m
N; el límite prosigue por las estribaciones del cerro
Huincho Punta hasta alcanzar la parte baja del cerro
Curipanaco, en el punto de coordenadas UTM 657
728 m E y 8 535 185 m N; desde este punto el límite
sigue por las estribaciones del cerro Huincho Punta,
hasta el punto de coordenadas UTM 661 978 m E
y 8 534 983 m N; sigue el límite hasta la naciente
de la quebrada sin nombre por todo el cauce hasta
alcanzar los puntos de coordenadas UTM 664 323
m E y 8 536 603 m N; UTM 666 550 m E y 8 538 023
m N; UTM 668 674 m E y 8 539 825 m N; y continúa
por el cauce de la quebrada sin nombre hasta
alcanzar el punto de coordenadas UTM 670 906 m
E y 8 542 261 m N; punto que inicia la descripción
del distrito de Oronccoy.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Base de la cartografía
Los límites del distrito de Oronccoy han sido trazados
sobre la base de las cartas nacionales del Instituto
Geográco Nacional (IGN), a escala 1:100,000, Datum
WGS84, Zona 18 Sur, Hojas: San Miguel, 27-o (2144),
serie: J631, edición: 1-IGN y Pacaypata, 27-p (2244),
serie: J631, edición: 1-IGN.
SEGUNDA. Autoridades político-administrativas
El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones
correspondientes a n de dotar de autoridades político-
administrativas a la nueva circunscripción que se crea por
la presente Ley.
TERCERA. Autoridades judiciales
El Poder Judicial dispone las acciones necesarias a n
de dotar al distrito que se crea por la presente Ley de las
autoridades judiciales correspondientes.
CUARTA. Elección de autoridades municipales
El Jurado Nacional de Elecciones adopta
las acciones necesarias para la elección de las
autoridades municipales del distrito de Oronccoy
de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26864, Ley de
Elecciones Municipales.
QUINTA. Documento nacional de identidad
El Registro Nacional de Identicación y Estado
Civil (Reniec) otorga a la población del nuevo distrito
un documento nacional de identidad con los datos
actualizados.
SEXTA. Representación cartográca
Forma parte de la presente Ley la representación
cartográca que dene el ámbito de creación del distrito
de Oronccoy.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
TRANSITORIAS
PRIMERA. Administración transitoria de recursos
y servicios públicos
En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades
por elección popular en el nuevo distrito de Oronccoy,
la administración de los recursos y la prestación de los
servicios públicos son atendidas por la Municipalidad
Distrital de Chungui, correspondiéndole además el manejo
de los recursos reasignados a la nueva circunscripción,
de conformidad con el numeral 14.1 del artículo 14 del
Reglamento de la Ley 27555, aprobado por el Decreto
Supremo 031-2002-EF.
SEGUNDA. Junta de delegados vecinales
comunales
La Municipalidad Distrital de Chungui constituirá
una junta de delegados vecinales comunales de
carácter transitorio cuyo alcance comprenda al distrito
de Oronccoy, hasta que se elijan e instalen las nuevas
autoridades en dicha jurisdicción, la cual estará encargada
de realizar las funciones comprendidas en los numerales
1, 4 y 6 del artículo 107 de la Ley 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades.
Tales funciones no implican en ningún caso la
administración y manejo de recursos.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
ÚNICA. Norma derogatoria
Deróganse todas las disposiciones que se opongan a
la presente Ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República
para su promulgación.
En Lima, a los veintisiete días del mes de mayo de dos
mil dieciséis.
LUIS IBERICO NÚÑEZ
Presidente del Congreso de la República
NATALIE CONDORI JAHUIRA
Primera Vicepresidenta del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de junio del año dos mil dieciséis.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros

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