DECRETO SUPREMO, Nº 012-2016-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Modificación del Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM-DECRETO SUPREMO-Nº 012-2016-EM

Fecha de publicación14 Junio 2016
Fecha de disposición14 Junio 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29852, se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético – FISE, como un sistema de compensación energético, que permita brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y de acceso universal para los sectores más vulnerables de la población;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29852; que fue modificado por los Decretos Supremos Nº 033-2012-EM, 041-2013-EM, 035-2014-EM, Nº 008-2015-EM y Nº 005-2016-EM;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29852 señala que el FISE tiene como fines: i) la masificación del uso del Gas Natural (residencial y vehicular), ii) compensación para el desarrollo de nuevos suministros en la frontera energética, y iii) compensación social y promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables, tanto urbanos como rurales;

Que, el numeral 5.1 de artículo 5 de la Ley Nº 29852, fue modificado por el artículo 5 de la Ley Nº 29969, modificándose el destino de los recursos del FISE para la Masificación del Uso del Gas Natural (residencial y vehicular) de Sectores Vulnerables a Población de Menores Recursos, con la finalidad de ampliar el Uso del Gas Natural priorizando dicha población;

Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 29852 fue modificado por la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30114, modificándose el recargo al transporte por el recargo al suministro de los productos líquidos derivados de hidrocarburos y líquidos de gas natural, como uno de los recursos que financia el FISE;

Que, a fin de reflejar en el Reglamento de la Ley Nº 29852 las modificaciones realizadas en la Ley Nº 29852 y dar cumplimiento a las mismas, resulta necesario modificar el mencionado Reglamento;

Que, asimismo, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 29852 se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos - SISE a fin de dotar la infraestructura requerida para brindar seguridad al sistema energético, precisando que el SISE estará constituido por redes de ductos e instalaciones de almacenamiento consideradas estratégicas por el Estado para asegurar el abastecimiento de combustibles al país. Por su parte, el artículo 1 de la Ley Nº 29970 declaró de interés nacional la implementación de medidas para el afianzamiento de la seguridad energética del país mediante la diversificación de fuentes energéticas, la reducción de la dependencia externa y la confiabilidad de la cadena de suministro de energía, por tal motivo considerando que ambas leyes son complementarias y tienen como objetivo común brindar seguridad energética al país, resulta conveniente que las disposiciones de ambas normas se complementen y sean concordantes entre sí;

Que, por su parte, mediante Decreto Supremo Nº 020-2013-EM, se aprobó el Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red, con el propósito de promover mediante el mecanismo de subasta, la inversión para el diseño, suministro de bienes y servicios, instalación, operación, mantenimiento, reposición y transferencia de sistemas fotovoltaicos, en las zonas determinadas por el MINEM;

Que, a fin de cumplir los objetivos de las subastas enmarcadas en el Decreto Supremo Nº 020-2013-EM y sus modificatorias, considerando la naturaleza de compensación social del FISE, y atendiendo al modelo de negocio de dichas subastas, corresponde precisar el acápite ii. del numeral 11.4 del Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, en el sentido que los recursos del FISE podrán ser utilizados para cubrir otros costos directamente asociados a las Instalaciones RER Autónomas y a la Remuneración Anual derivados de los Contratos de Inversión y de Servicios en el marco de los Procesos de Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red;

Que, asimismo, la Ley Nº 27345, Ley de Promoción de Uso Eficiente de la Energía, tiene como objetivo declarar de interés nacional la promoción del uso eficiente de la energía, proteger al consumidor, fomentar la competitividad de la economía nacional y reducir el impacto ambiental negativo del uso y consumo de los energéticos;

Que, el Reglamento de la Ley Nº 27345, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2007-EM, establece que se ejecutarán programas para el uso eficiente de la energía, tanto en el sector residencial y sector público, promoviendo el establecimiento de mecanismos financieros adecuados para la instalación de equipos energéticamente eficientes; además de promover el uso de equipos de iluminación energéticamente eficientes;

Que, en ese sentido, resulta pertinente incluir disposiciones al Reglamento de la Ley 29852, que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la Ley Nº 27345, Ley de Promoción de Uso Eficiente de la Energía y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2007-EM;

Que, resulta necesario establecer mecanismos en el Reglamento de la Ley 29852, que permitan el reconocimiento de los costos administrativos en los que incurran las Distribuidoras de Gas Natural por Red de Ductos como consecuencia de la implementación de los proyectos del FISE;

Que, asimismo, resulta necesario implementar mecanismos en el Reglamento de la Ley 29852, que permitan el reconocimiento de los costos totales en los que incurran las Distribuidoras Eléctricas en aplicación del inciso d) del numeral 12.3 del artículo 12 del Reglamento de la Ley Nº 29852, sin mediar para su reconocimiento evaluaciones previas por parte del Administrador, dado que en los costos a los que incurren las Distribuidoras Eléctricas se producen a consecuencia de un encargo especial otorgado por el Ministerio de Energía y Minas;

Que, de acuerdo con el numeral 3.2, inciso 3, del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones...

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