RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 052-2016-VMPCIC-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad del Doctor Patrón San Jerónimo de Cusco-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 052-2016-VMPCIC-MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2016

Lima, 23 de mayo de 2016

VISTOS, El Memorando Nº 758-2015-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco de fecha 25 de agosto de 2015, el Informe Nº 000100-2016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial de fecha 8 de abril de 2016 y el informe Nº 000173-2016/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural de fecha 15 de abril de 2016; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b del artículo 7 de la Ley Nº 29565 dispone que es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura respecto de otros niveles de gobierno, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, corresponde al Ministerio de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la Ley, y con la participación activa de la comunidad, realizar una permanente identificación de dichas manifestaciones tradicionales del país que deben ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, dentro del marco legal descrito en los párrafos precedentes, el numeral 55.8 del artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, señala como una de las funciones de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, la de evaluar las solicitudes para la declaratoria de patrimonio cultural inmaterial de la nación y emitir la opinión técnica sobre su viabilidad;

Que, mediante Informe Nº 012-2013-NQC-DCSFL-DPA-SDDPCDPC-DDC-CUS/MC de fecha 13 de diciembre de 2013, la antropóloga Nilda Quispe Cornejo, remite al responsable del Departamento de Catastro y Saneamiento Físico Legal de la Dirección de Desconcentrada de Cultura de Cusco el expediente técnico de declaratoria como patrimonio cultural de la nación a la “Festividad del Doctor Patrón San Jerónimo – Cusco”;

Que, mediante Informe Nº 212-2013-DDC-CUS/MC de fecha 26 de diciembre de 2013, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, remite al Despacho del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el expediente técnico a través del cual solicita la declaratoria de la Festividad del Doctor Patrón San Jerónimo de Cusco, como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, con Memorando Nº 099-2015-DGPC-VMPCIC/MC de fecha 04 de febrero de 2015, la Dirección General de Patrimonio Cultural devuelve a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, el expediente de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de la Festividad del Doctor Patrón San Jerónimo de Cusco al haber sido observado por la Dirección de Patrimonio Inmaterial;

Que, mediante Memorando Nº 758-2015-DDC-CUS/MC de fecha 25 de agosto de 2015, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, remite a la Dirección General de Patrimonio Cultural el expediente técnico sobre la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de la Festividad del Doctor Patrón San Jerónimo de Cusco, adjuntando el Acta de Levantamiento de Observaciones y la documentación que fundamenta la absolución de dichas observaciones;

Que, mediante Informe Nº 000173-2016/DGPC/VMPCIC/MC de fecha 15 de abril de 2016, la Dirección General de Patrimonio Cultural hace suyo el Informe Nº 000100-2016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de fecha 8 de abril de 2016, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial y eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el expediente técnico, recomendando la declaratoria de la Festividad del Doctor Patrón San Jerónimo de Cusco, como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, San Jerónimo es uno de los ocho distritos que conforman la provincia del Cusco, en el departamento del mismo nombre. Se encuentra ubicado a aproximadamente 8 Km. de la ciudad del Cusco y es conocido como uno de los distritos que forman parte del llamado “valle sur” cusqueño, por su ubicación en la zona sur de esta provincia;

Que, Jerónimo de Estridón, declarado Santo y llamado entonces San Jerónimo, fue proclamado en el año 1295 como Doctor de la Iglesia Católica, rango superior entre los santos de esta institución religiosa, que se le otorgó por su erudición y por realizar aportes para la reflexión espiritual y la doctrina de la fe, específicamente por los estudios que realizó de las Sagradas Escrituras y por traducir la Biblia del griego y el hebreo al latín. Es por esta razón que, en el distrito de San Jerónimo del Cusco, a la imagen de su Santo Patrón la denominan Doctor Patrón San Jerónimo;

Que, según el expediente que sustenta la declaratoria, en el año 1570 se funda en el distrito de San Jerónimo la parroquia de San Jerónimo, como parte de la instauración de las llamadas reducciones y del proceso de evangelización católica propio de la colonia. Primero se construyó una pequeña ermita y luego la llamada Iglesia Menor de San Jerónimo. Como menciona el antropólogo Jorge Flores Ochoa, casi en todos los casos, y la zona que luego fue el distrito de San Jerónimo fue uno de ellos, fue parte de los requerimientos de la acción doctrinal construir los templos católicos en el mismo lugar en que estaban emplazados los adoratorios inca, conocidos como wakas, como parte del proceso impuesto de extirpación de idolatrías. La parroquia de San Jerónimo, además, está asociada a lo que fue el territorio de una panaca inca, lugar donde habitaban los descendientes del Inca. Según refiere la historiadora María Rostworowski, en su libro Historia del Tahuantinsuyu, durante el virreinato la panaca conocida como Iñaca Panaca pertenecía a la parroquia de San Jerónimo en el Cusco; de ahí es posible concluir que la zona de San Jerónimo fue en aquel entonces importante lugar de la élite y aristocracia inca. Además, siguiendo el legado prehispánico que contiene este lugar, diversos ayllus se ubicaron en esta zona;

Que, el distrito de San Jerónimo se encuentra dividido en dos sectores, llamados en lengua quechua paña, que significa derecha y lloque...

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