ORDENANZA, Nº 00196/MDSA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA - Ordenanza que establece beneficio de regularización tributaria en la jurisdiccion del Distrito de Santa Anita-ORDENANZA-Nº 00196/MDSA

EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Fecha de la disposición29 de Abril de 2016

Santa Anita, 29 de abril de 2016

VISTO: En sesión ordinaria de la fecha que se indica, el proyecto de Ordenanza de Beneficio de Regularización Tributaria presentado por la Gerencia de Rentas mediante Memorándum Nº 0100-2016-GR/MDSA; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, señala en la Norma IV de su Título Preliminar, que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Asimismo, el Artículo 41º de la acotada norma, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley y que, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y sanciones, respecto de los impuestos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, mediante informe Nº 026-2016-SGCR-GR/MDSA, la Subgerencia de Control y Recaudación, informa que existe un alto porcentaje de morosidad entre los contribuyentes de los predios de Uso: Casa Habitación, Terrenos Sin Construir, Predios de Uso Exclusivo Estacionamientos Privados, Comercio y/o Servicio Menor y Media, Servicios Educativos y/o similares, Servicios de hospedaje y/o similares y General Servicio, que no han cumplido con cancelar sus obligaciones tributarias por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del presente año; Por lo que requieren de un incentivo para la regularización de sus adeudos tributarios, los cuales se ven incrementados en un porcentaje considerable por la generación de intereses moratorios y reajuste IPM (Índice de Precios al Por Mayor), y que en muchos casos dificultan su pago. En tal sentido, resulta factible otorgar la posibilidad de condonar dichos intereses moratorios y factor de ajuste;

Que, mediante informe Nº 202-2016-GAJ/MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, indica que el proyecto de ordenanza del beneficio tributario cumple con los preceptos legales vigentes sobre la materia, por lo que emite opinión favorable;

Estando a...

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