Sentencia nº 3075-2013/SC2 de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 14 de Noviembre de 2013
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2013 |
Emisor | Sala Especializada en Protección al Consumidor |
PROCEDIMIENTO : QUEJA
QUEJADA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR – SEDE
LIMA SUR N° 2
QUEJOSA : ANGÉLICA MILAGROS DELGADO AROZENA DE
VARGAS
MATERIAS : TEMAS PROCESALES
QUEJA
SUMILLA: Se declara infundado el reclamo en queja formulado por la señora Angélica Milagros Delgado Arozena de Vargas contra la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur N° 2 debido a que no incurrió en un error de tramitación al excluir del procedimiento a The Westin Lima Hotel & Convention Center.
Lima, 14 de noviembre de 2013
ANTECEDENTES
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El 19 de junio de 2013, la señora Angélica Milagros Delgado Arozena de Vargas (en adelante, la señora Delgado) denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur N° 2 (en adelante, la Comisión) a The Westin Lima Hotel & Convention Center (en adelante, Hotel Westin) por presuntas infracciones de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor en tanto: (i) habría perdido uno de los vestidos de las invitadas de su boda; y, (ii) le habría impedido el ingreso a algunas de sus instalaciones a pesar de haber confirmado su utilización y de permitírselo a otras parejas.
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A través de la Resolución 1 del 6 de agosto de 2013, la Comisión resolvió, entre otros, admitir a trámite la denuncia presentada por la señora Delgado en contra de Hotel Westin.
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Mediante Resolución 2 del 27 de setiembre de 2013, la Comisión resolvió excluir del procedimiento a Hotel Westin e incluir a Inversiones Nacionales de Turismo S.A. (en adelante, Inversiones Nacionales) como parte denunciada imputándole a título de cargo las presuntas infracciones mencionadas en la denuncia de la señora Delgado.
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El 9 de octubre de 2013, la señora Delgado apeló la Resolución 2 señalando que Hotel Westin no debió haber sido excluida del procedimiento toda vez que junto con Inversiones Nacionales pertenecían a Starwood Hotels & Resorts Worldwide en virtud a un contrato de franquicia y, por lo tanto, tales empresas serían responsables solidarias. Precisó, que la Comisión había considerado erróneamente que “The Westin Lima Hotel & Convention Center” era el nombre
comercial de Inversiones Nacionales cuando el nombre comercial era “Libertador Hotels, Resorts & Spas”. Asimismo, indicó que dicha exclusión debía ser alegada por Hotel Westin y no ser ordenada de oficio. Finalmente, manifestó que, en todo caso, correspondía que Hotel Westin sea excluida en el pronunciamiento final.
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Con fecha 14 de octubre de 2013, Inversiones Nacionales presentó sus descargos.
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A través de la Resolución 3 del 7 de noviembre de 2013, la Comisión resolvió denegar el recurso de apelación presentado por la...
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