ORDENANZA, Nº 343-MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - Aprueban la modificación y mejora de la sección vial de las calles Cuatro, Siete y Ocho, urbanización Parque Industrial del Cono Sur, distrito de Villa El Salvador-ORDENANZA-Nº 343-MVES

EmisorMUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Fecha de la disposición27 de Abril de 2016

Villa El Salvador, 27 de abril de 2016

EL ALCALDE DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en sesión extraordinaria de la fecha;

VISTOS, el dictamen Nº 006-2016-CDU/MVES emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con los artículos II y IX del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establecen que aquella radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y a su vez, se legitima a través del proceso de planeación local que es uno integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, aplicando las políticas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas, exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales;

Que, el artículo 161º numeral 7.2 cardinal 7) de la acotada ley, precisa que es competencia y función metropolitana especial, la planificación, regulación y gestión del tránsito urbano tanto de peatones cuanto de vehículos, por ello mediante ordenanza Nº 341 se actualiza el sistema vial metropolitano que define la estructura vial del área metropolitana de Lima y Callao, la clasificación de vías, los intercambios viales y láminas que contienen las secciones viales normativas, y a su vez, categoriza las vías de Lima Metropolitana, en expresas, metropolitanas, arteriales y colectoras a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y en el caso de la vías locales, según el artículo 5º de la misma norma, a cargo de las municipalidades distritales es decir, corresponde a estas, la definición y aprobación de las secciones viales y normativas y los derechos de vía de las vías locales de su circunscripción;

Que, mediante informe de vistos la Subgerencia de Obras...

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