DECRETO SUPREMO, Nº 025-2016-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que modifica los artículos 11 y 19 del Reglamento del Registro Nacional de Profesionales y Técnicos de Demarcación Territorial, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2005-PCM-DECRETO SUPREMO-Nº 025-2016-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición29 de Abril de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 1) del artículo 5 de la Ley 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros a través de su Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial – DNTDT es el órgano rector del sistema nacional de demarcación territorial, que tiene competencia para normar el procedimiento de demarcación territorial el cual deberá sustentarse en criterios técnicos y geográficos;

Que, el inciso e) del artículo 7 del Reglamento de la Ley 27795, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, señala que la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial - DNTDT, tiene competencia para capacitar y registrar profesionales y técnicos en demarcación territorial;

Que, la Cuarta Disposición Final del precitado Reglamento dispone que la mencionada Dirección Nacional llevará un Registro Nacional de Profesionales y Técnicos en demarcación territorial, los cuales deben estar debidamente capacitados por la DNTDT;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2005-PCM, publicada el 03 de setiembre de 2005, se aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Profesionales y Técnicos de Demarcación Territorial, que tiene por finalidad organizar y unificar la información de los profesionales técnicos, capacitados en materia de saneamiento de límites y organización territorial;

Que, el Reglamento del Registro Nacional de Profesionales y Técnicos de Demarcación Territorial, señala en su artículo 11, respecto al perfil del profesional, que EL REGISTRO comprenderá en el libro de profesionales al Geógrafo y al Ingeniero Geógrafo colegiado;

Que, en ese sentido, el escenario del proceso de demarcación y organización territorial, hace más de una década, no asumía una visión de futuro de la gestión del territorio peruano ni de un sistema nacional que permita la realización de una estrategia de desarrollo basada en la gestión eficiente, eficaz y efectiva del conjunto de personas, recursos, características geográficas, realidades culturales y de las condiciones de vida y ambientales;

Que, las exigencias actuales y los desafíos de la competitividad y de la innovación tecnológica, requieren la determinación de territorios y espacios para lograr un desarrollo sostenido en...

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