DECRETO SUPREMO, Nº 004-2016-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Establecen asignación de recursos como mecanismo para el mejoramiento de la gestión institucional de las universidades públicas y establecen criterios, requisitos y condiciones para su implementación-DECRETO SUPREMO-Nº 004-2016-MINEDU

Fecha de publicación29 Abril 2016
Fecha de disposición29 Abril 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30220, Ley Universitaria, tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades; promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura; asimismo, establece los principios, fines y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad. El Ministerio de Educación es el ente rector de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la educación superior universitaria;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Universitaria, dispone el diseño e implementación de mecanismos y herramientas técnicas que incentiven y/o fomenten la mejora de la calidad y el logro de resultados del servicio educativo que brindan las universidades públicas; asimismo, señala que el Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece los montos y criterios técnicos, entre otras disposiciones que se estimen necesarias, para la aplicación de los citados mecanismos;

Que, el artículo 22 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Universitaria, al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2016, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las universidades públicas seleccionadas conforme a los criterios y requisitos que serán aprobados por el Ministerio de Educación, mediante Decreto Supremo, y previa suscripción de convenios;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 016-2015–MINEDU se aprobó la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, cuyo Pilar N° 1 Información Confiable y Oportuna, establece que la implementación del Sistema de Aseguramiento de la Calidad (SAC) tiene como soporte principal la información disponible y accesible para todos los actores del Sistema Universitario; en esa línea, la Política propone el desarrollo de un Sistema Integrado de Información de Educación Superior Universitaria, a cargo del Ministerio de Educación, que permita y facilite la recopilación, organización y divulgación de la información relevante para, por un lado, el conocimiento, toma de decisión, inspección y vigilancia del sistema por parte de la comunidad universitaria, la sociedad civil organizada y la población en general y, por otro lado, para la planeación, monitoreo, evaluación y retroalimentación propias de la política pública y el devenir institucional de la universidad. Este Pilar se vincula con el Lineamiento 02: Promover la transparencia y rendición de cuentas en todo el Sistema Universitario, así como una continua vigilancia académica e institucional por parte de la sociedad. Por su parte, el Pilar N° 2 Fomento para Mejorar el Desempeño, establece, como Lineamiento 08: Garantizar que los recursos públicos que se le otorgan a la universidad se utilicen de manera eficiente y con responsabilidad, para lograr una mejora en la prestación del servicio educativo superior universitario. Por su parte, la Acción Estratégica 08.1 del citado Lineamiento, establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, diseña estrategias, herramientas técnicas e indicadores, que contribuyen a una mejora en la ejecución de recursos públicos en las universidades públicas y el incremento del mismo basado en resultados institucionales y académicos de calidad;

Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe N° 004-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, sustenta y propone la asignación de recursos como un mecanismo para el mejoramiento de la gestión institucional de las universidades públicas al cual se ha denominado “Compromisos de Gestión para la Calidad de la Educación Universitaria” el cual está orientado a promover la mejora de la calidad del servicio que brindan las universidades públicas en el marco de lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Universitaria;

Que, la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, a través del Informe N° 024-2016-MINEDU/VMGP-DIGESU evalúa el mecanismo propuesto por la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto y señala que el mismo se encuentra alineado a la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria y que de ser implementado ayudaría a fortalecer la gestión institucional de las universidades públicas;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe N° 034-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP señala que se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para la implementación de los “Compromisos de Gestión para la calidad de la Educación Universitaria”;

De conformidad con la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

DECRETA:

Artículo 1 Objeto

El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la asignación de recursos como mecanismo para el mejoramiento de la gestión institucional de las universidades públicas, denominado “Compromisos de Gestión para la Calidad de la Educación Universitaria” así como los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento, cuyo detalle se encuentra en los artículos del presente Decreto Supremo y en el Anexo “Guía metodológica para la implementación del mecanismo de asignación de recursos para el mejoramiento de la gestión institucional de las universidades públicas”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2 Ámbito de aplicación

Los “Compromisos de Gestión para la Calidad de la Educación Universitaria”, en adelante el mecanismo, es de aplicación a las universidades públicas que cumplan con los requisitos de selección establecidos en el artículo 6 del presente Decreto Supremo.

Artículo 3 Del mecanismo

El mecanismo consiste en la transferencia de recursos a favor de las universidades públicas, la cual estará condicionada al cumplimiento de una serie de Compromisos de Gestión establecidos en los respectivos Convenios que serán firmados entre el Ministerio de Educación y la universidad pública.

El mecanismo se encuentra vinculado a:

a. La programación, formulación y ejecución del presupuesto asignado a las universidades públicas con las que se firmen Convenios.

b. El uso del Sistema Integrado de Información de Educación Superior Universitaria aprobado e implementado por el Ministerio de Educación para las universidades públicas.

c. El desarrollo de indicadores vinculados al fomento de la calidad de la educación superior universitaria.

Artículo 4 Finalidad del mecanismo

El mecanismo tiene como finalidad promover condiciones que contribuyan a la mejora de la gestión institucional de las universidades públicas, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 30220, Ley...

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