INVESTIGACION, ODECMA Nº 381-2013-TACNA, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Sancionan con destitución a Juez de Paz de la provincia de Tarata, Corte Superior de Justicia de Tacna-INVESTIGACION-ODECMA Nº 381-2013-TACNA

Fecha de disposición10 Abril 2016
Fecha de publicación10 Abril 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Lima, nueve de marzo de dos mil dieciséis.

VISTA:

La Investigación ODECMA número trescientos ochenta y uno guión dos mil trece guión Tacna que contiene la propuesta de destitución del señor Máximo Aquino Valle, por su desempeño como Juez de Paz de la Provincia de Tarata, Corte Superior de Justicia de Tacna, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número dieciséis de fecha diecisiete de febrero de dos mil quince; de fojas trescientos sesenta y siete a trescientos setenta y dos.

CONSIDERANDO:

Primero. Que se atribuye al señor Máximo Aquino Valle, en su actuación como Juez de Paz de la Provincia de Tarata, Corte Superior de Justicia de Tacna, haber elaborado el acta de fecha treinta y uno de marzo de dos mil once, de fojas ochenta y uno, dejando constancia de un hecho falso: La recepción de la manifestación de la señora Gregoria Flores Quispe, lo cual transgrede su obligación de impartir justicia con independencia, razonabilidad y respeto al debido proceso, previsto en el artículo treinta y cuatro, inciso uno, de la Ley de la Carrera Judicial; así como quebranta el deber establecido en el artículo seis, numeral dos, de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, que contempla que todo servidor público debe obrar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho personal; comportamiento irregular con el cual cometió falta muy grave regulada en el numeral trece del artículo cuarenta y ocho de la Ley de la Carrera Judicial.

Segundo. Que la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial expidió la resolución número dieciséis de fecha diecisiete de febrero de dos mil quince, mediante la cual propone a este Órgano de Gobierno se imponga al señor Máximo Aquino Valle medida disciplinaria de destitución por el cargo descrito, señalando que los argumentos de defensa del investigado en torno al cargo atribuido en su contra carecen de sustento, máxime si en el proceso penal que se le siguió por el mismo hecho, calificado por el Juzgado Mixto y Penal Unipersonal de Tarata como delito de falsedad ideológica, aceptó la acusación penal, en el sentido de haber insertado una declaración falsa en el documento público judicial denominado Acta de Manifestación del treinta y uno de marzo de dos mil once, dado que consignó una supuesta declaración de la señora Gregoria Flores Quispe, lo cual determinó que se le dictara sentencia condenatoria de fecha ocho de enero de dos mil trece, de fojas trescientos veintiséis a trescientos veintiocho, la cual quedó consentida mediante resolución de fecha veintiuno de enero de dos mil trece, de fojas trescientos treinta y uno.

En tal sentido, el Órgano de Control concluye que efectivamente el investigado consignó una falsa declaración, transgrediendo el deber de impartir justicia con razonabilidad, conforme a lo previsto en el artículo treinta y cuatro, inciso uno, de la Ley de la Carrera Judicial, y la obligación de obrar con rectitud y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho personal, según lo establecido en el artículo seis, inciso dos, de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, lo que constituye falta muy grave tipificada en el artículo cuarenta y ocho, inciso trece, de la Ley de la Carrera Judicial; y, que luego del análisis de las circunstancias atenuantes o agravantes que pudieran existir en el caso...

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