RESOLUCION, Nº 1693-2016, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Modifican el Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones referido a Afiliación y Aportes-RESOLUCION-Nº 1693-2016

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2016

Lima, 23 de marzo de 2016

El Superintendente de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 37-94 se dispuso, en su artículo 2°, otorgar a partir del 1 de julio de 1994, una Bonificación Especial a los servidores de la Administración Pública, ubicados en los niveles F-2, F-1, Profesionales, Técnicos y Auxiliares, así como al personal comprendido en la Escala N° 11 del Decreto Supremo N° 051-91-PCM que desempeñan cargos directivos o jefaturales; de conformidad a los montos señalados en el anexo que forma parte de dicho decreto de urgencia;

Que, por Ley Nº 30372 se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372 ha precisado que la bonificación a la que se refiere el artículo 2° del Decreto de Urgencia 37-94, no tiene carácter ni naturaleza remunerativa ni pensionable y no se encuentra afecta a cargas sociales; asimismo, dispone que las oficinas de Recursos Humanos de la Administración Pública o las que hagan sus veces, deben velar por el adecuado cumplimiento de lo señalado en dicha disposición;

Que, adicionalmente, la referida disposición complementaria final establece que la devolución de los aportes a la Cuenta Individual de Capitalización y su rentabilidad en el Sistema Privado de Pensiones, por efecto de dicha bonificación especial, se rige por las disposiciones que dicte la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP;

Que, a dicho fin, se requiere establecer las disposiciones reglamentarias necesarias aplicables a las AFP, empleadores, afiliados y herederos de éstos, a efectos de regular el procedimiento para la solicitud de la devolución de aportes a la Cuenta Individual de Capitalización dispuesta por la Ley Nº 30372 por efecto de la precitada bonificación especial que refiere el artículo 2° del Decreto de Urgencia 37-94, bajo los procedimientos de transparencia de información que correspondan;

Que, adicionalmente, se requiere establecer las disposiciones reglamentarias complementarias respecto de los compromisos que deben asumir los afiliados, AFP, y empresas de seguros por efecto de la devolución de los aportes por la precitada bonificación especial, en la medida que el SPP provee pensiones de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, con cargo al complemento del aporte adicional de cargo de las empresas de seguros que participan del seguro previsional;

Que, a efectos de recoger las opiniones del público en general respecto a la propuesta de regulación prevista en la normativa del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, se dispuso la prepublicación por quince (15) días del proyecto de resolución sobre la materia en el portal electrónico de la Superintendencia, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y sus modificatorias;

Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, y el inciso d) del artículo 57° del TUO de la Ley del SPP y sobre la base de las condiciones dispuestas en el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

RESUELVE:

Artículo Primero Incorporar el Subcapítulo VI-C del Capítulo II del Título V del Compendio de Normas de Superintendencia...

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