RESOLUCION, Nº 1267-2016, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan a Financiera Credinka S.A., el traslado de oficina especial permanente ubicada en el departamento de Puno-RESOLUCION-Nº 1267-2016

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2016

Lima, 8 de marzo de 2016

El Intendente General de Microfinanzas (e)

VISTA:

La solicitud presentada por la Financiera Credinka S.A. para que esta Superintendencia autorice el traslado de una oficina especial permanente ubicada en el departamento de Puno; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N° 3054-2012 de 25 de mayo de 2012, esta Superintendencia autorizó la apertura, entre otras, de una oficina especial permanente ubicada en la Esquina Jr. Lima con Jr. Arequipa N° 303, distrito de Juli, provincia de Chucuito y departamento de Puno;

Que, en sesión de Directorio de fecha 17 de febrero de 2016, se acordó el traslado de la referida oficina especial;

Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el traslado de la referida oficina especial;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera “D”; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas...

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