RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 308-2016-P-CSJLIMASUR/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Designan al Juzgado de Familia de Villa María del Triunfo como el órgano competente a nivel de todo el Distrito Judicial de Lima Sur para conocer acciones formuladas al amparo de la Convención sobre aspectos civiles de la sustracción de menores-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 308-2016-P-CSJLIMASUR/PJ

Fecha de disposición14 Marzo 2016
Fecha de publicación18 Marzo 2016
SecciónSección Única

Lima, 14 de marzo de 2016

VISTOS:

La Resolución Administrativa N° 032-2003-CE-PJ; la Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y la Resolución Administrativa N° 793-2011-P-CSJLIMASUR/PJ expedida por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia.

CONSIDERANDO:

Por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, de fecha 06 de octubre de 2010, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 07 de octubre de 2010, se dispuso el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur a partir del 13 de octubre de 2010.

Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacámac (se excluye al Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos (incorporado a partir del 01 de setiembre de 2014, por R.A. N° 274-2014-CE-PJ).

La Resolución Administrativa N° 032-2003-CE-PJ, de fecha 04 de abril de 2003, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 09 de abril de 2003, dispone en su artículo primero que, los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia dentro del ámbito de su competencia, designen los Juzgados de Familia, Civil o Mixto que deberán tener a cargo las acciones que se presenten al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores, en virtud de la cual esta Corte Superior de Justicia expidió la Resolución Administrativa N° 793-2011-P-CSJLIMASUR/PJ, por medio de la cual, debido a que esta Corte Superior dentro de su jurisdicción no contaba con Juzgados Especializados de Familia Permanente, se designó al Juzgado Civil de Villa María del Triunfo como el órgano jurisdiccional competente a nivel de todo el Distrito Judicial de Lima Sur, para el conocimiento de las acciones formuladas al amparo de la Convención sobre aspectos civiles de la sustracción de menores.

Mediante Resolución Administrativa N° 266-2014-CE-PJ, de fecha 6 de agosto de 2014, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 26 de agosto de 2014, se dispuso la conversión y reubicación en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur del Vigésimo Segundo Juzgado Civil Comercial de Lima, como Juzgado de Familia de Villa María del Triunfo.

La Convención sobre Aspectos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR