DECRETO SUPREMO, Nº 039-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban Otorgamiento de Garantía del Gobierno Nacional a Bonos de Reconocimiento y otros-DECRETO SUPREMO-Nº 039-2016-EF

Fecha de disposición03 Marzo 2016
Fecha de publicación03 Marzo 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 4.2 del Artículo 4 de la Ley Nº 30374, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda a S/ 232 275 781,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) para los Bonos ONP;

Que, en mérito a lo dispuesto en el literal c) del artículo 9 y las disposiciones finales transitorias Sétima y Décimo Quinta del Texto Único Ordenado del Decreto Ley N° 25897, Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, así como en el literal e) del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 27252, aprobado por el Decreto Supremo N° 164-2001-EF, el Gobierno Nacional otorgará su garantía a los Bonos de Reconocimiento, Bonos Complementarios de Pensión Mínima, Bonos Complementarios de Jubilación Adelantada y Bonos de Reconocimiento Complementario del Decreto Ley Nº 19990, Ley del Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social respectivamente, que se emitan durante el año fiscal 2016, hasta por S/ 232 275 781,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES);

Que, la mencionada operación ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF y sus modificatorias;

Que, han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación, en aplicación del literal l) del artículo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF y sus modificatorias, y por la Ley Nº 30374; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1 Otorgamiento de garantía

Otórguese la garantía del Gobierno...

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